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dato o la imagen…son “mínimos” de obligado cumplimiento o “máximos” que en modo alguno podemos sobrepasar para no llegar a incurrir en intromisiones ilegitimas en derechos fundamentales a la protección de datos personales, intimidad personal, familiar o la propia imagen. Pero en cualquier caso, y allá donde no alcance nuestro conocimiento jurídico, lo esencial es que tengamos claro que en el manejo de los datos personales de terceros, debe imperar el reto y el triunfo del respeto a la privacidad y a la responsabilidad en garantía de esta nueva generación de derechos digitales. Así, de manera simplista y sin ánimo de exhaustividad a modo de decálogo, podríamos dejar apuntados algunos de esos “mínimos” que en nuestro ordinario ámbito debemos observar: 1º. Así, sé consciente de la gran cantidad de información que contiene datos de carácter personal que manejas en el ordinario devenir de tu trabajo o por razón del servicio, lo cual te llevará a adoptar lógicas precauciones para adecuar tu función al respeto y preservación que merecen. 2º. Adecúa dicho manejo al principio de necesidad 3º. Considera que el correo electrónico, mensajería instantánea, móviles y redes sociales son puertas abiertas al fi ltrado de información personal: se cauteloso en su manejo. 4º. Comprométete en el respeto a la privacidad cuando por razón del servicio manejes o tengas que dar cierta difusión a información de terceros. Ten en cuenta que la protección a la intimidad no solo alcanza a datos “íntimos” sino a cualquier dato de carácter personal sobre cuyo uso y disposición es su propio titular quien tiene derecho a decidir cómo, para qué y con qué alcance se pueda utilizar. 5º. Para ello, usa el sentido común, lo que te llevará a hacer un uso responsable y seguro de los datos que manejes. 6º. Trata de evitar listados de personal que contengan información o datos de carácter personal. 7º. Si es posible, recaba el consentimiento de los afectados cuando por razón del servicio, precises el uso, manejo o difusión de información personal. 8º. Adopta las medidas de seguridad a tu alcance para preservar la custodia de la información de terceros de que dispongas o el acceso no autorizado por terceros a la misma. 9º. Evita la difusión en redes sociales de imágenes de terceros o información personal, salvo que cuentes con los preceptivos permisos. 10º: Sé consciente de que prima, como derecho fundamental que es, el respeto a la intimidad y privacidad sobre cualquier otra consideración: ante la duda, no accedas, uses o difundas nada que pueda comprometer estos aspectos sin tener autorización o recabar los oportunos consentimientos informados. Solo de esta manera avanzaremos a la par del progreso. No se trata de poner puertas al mar, pero sí de garantizar que tratándose de un problema complejo y que no admite una única solución, no queden sacrifi cados derechos personalísimos y fundamentales como la intimidad o el derecho a la protección de nuestros datos cuando entre en pugna con la deseable evolución en la era de la tecnología. Abril - 2019 Armas y Cuerpos Nº 140 39


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