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81 Bernardo González-Lázaro Sueiras La cooperación en materia de Defensa entre… Introducción Portugal y España están desarrollando en la última década una cooperación in-édita en materia de defensa, encuadrada desde 2017 por el Acuerdo de Bayona1, que constituye el más amplio y ambicioso marco legal de su historia en este ámbito. Por ello, y dado el impulso que está teniendo actualmente la defensa común en la Unión Europea (UE), se considera de interés analizar el modelo de cooperación propuesto, sus posibilidades, evolución, justificación y relevancia. El presente artículo pretende introducir las claves para entender cómo construir una cooperación en de-fensa mutuamente beneficiosa y que contribuya simultáneamente a la construcción actual de la defensa europea. El desarrollo de una cooperación efectiva en materia de seguridad y defensa se ha convertido en una necesidad esencial para los Estados del continente europeo en el siglo xxi. La UE enfrenta en los últimos años un escenario complejo que ha puesto en entredicho su cohesión interna y su proyecto, debiendo reaccionar para mantener su posición como actor global y estratégico dentro del orden mul-tipolar. Entre los principales factores que configuran esta realidad, pueden enumerar-se: el impacto de la crisis económica y financiera, con la consecuente reducción de presupuestos de defensa; la complejidad de las nuevas amenazas, de que son muestra los atentados terroristas en París, Bruselas, Londres o Barcelona, por mencionar algunos; la precariedad en el Este, tras la anexión de Crimea por Rusia; la inestabilidad en el Mediterráneo, tras el derrocamiento de Gadafi en Libia, la guerra civil en Siria y la tragedia de los refugiados; la creciente relevancia de las potencias emergentes; la nueva orientación de la Administración Trump en EE. UU., que ha reclamado repetidamente un mayor compromiso y contribución de los Aliados de la Alianza Atlántica a la defensa común (Benedicto, 2017, 53; Cózar, 2017, 3); y muy especialmente, la decisión del Reino Unido de abandonar la UE (Bréxit), al suponer la salida de su más poderosa fuerza militar y del principal opositor a la edificación de una defensa europea autónoma de la OTAN (García, 2016, 2). La reacción necesaria ante estas circunstancias está consistiendo en un nuevo impul-so de la PCSD, parte integrante de la política exterior y de seguridad común (PESC), que fue reformulada por el Tratado de Lisboa2. A pesar de que el mismo incluye un 1  Acuerdo entre el Reino de España y la República Portuguesa de Cooperación en Materia de Defensa, firmado en Bayona (Pontevedra) el 22 de junio de 2015, ratificado por Portugal el 12 de octubre de 2016 y por España el 29 de junio de 2017. 2  Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (2007/C 306/01), aprobado en Lisboa el 13 de diciembre de 2007 y entrado en vigor el 1 de diciembre de 2009. El Tratado constitutivo de la Comunidad Europea pasa a denominarse Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Revista del Instituto Español de Estudios Estratégicos n.º 13 - Año: 2019 - Págs.: 79 a 110


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