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capacidades del militar, igual o peores que los de las denominadas drogas ilegales. Por ultimo hay que señalar que desde hace unos años se están introduciendo en el mercado un tipo de drogas de síntesis no derivadas de las anfetaminas, normalmente cannabinoides sintéticos, pero cuya composición y efectos difieren notablemente de los derivados naturales del cannabis y que por consiguiente los convierte en altamente peligrosos, pudiendo causar la muerte desde la primera dosis. La principal característica de estas nuevas sustancias denominadas nuevas sustancias psicoactivas (NPS), que también están producidas en laboratorios clandestinos, es la ausencia total de control sobre ellas, se presentan como emuladores de otras drogas, produciendo sus mismos efectos pero sin “otros riesgos legales” asociados, dada su “alegalidad”, lo cual en algunos casos puede ser verdad, pero contrarrestada por la alta peligrosidad de su consumo. Las consecuencias Además de los efectos nocivos para la salud que conlleva el consumo de drogas para cualquier persona y que hemos referido de forma somera en el apartado anterior, para el militar existen otros aspectos que pueden afectar a su carrera y a su futro profesional. Desde un punto de vista genérico debemos saber que en las FAS se castiga disciplinaria, incluso penalmente, el consumo y tenencia de drogas durante el servicio y/o en el interior de instalaciones militares, vistiendo uniforme o haciendo ostentación de la condición de militar. Pero además, para los militares, también se castiga la reiteración del consumo independientemente del momento y lugar donde ésta se haya producido, definiéndose esta reiteración según el régimen disciplinario en vigor en tres episodios de consumo en menos de dos años. En el ET, como ya hemos comentado antes, pero es bueno recordar, todo el personal tiene que someterse al menos a una analítica al año, la cual debe ser de forma sorpresiva para evitar posibles fraudes. Una de las medidas que se adoptaron hace ya algunos años, de manera disuasoria, es que no se puede realizar ningún curso o acceder a determinadas comisiones si en el plazo determinado en las respectivas convocatorias (normalmente un año) le consta al individuo un episodio de consumo de drogas. La detección de consumo de drogas mediante una analítica no permite establecer ni el momento ni el lugar en que se produjo ese consumo, pero, no obstante, al personal al que se le detecta un episodio de consumo de drogas se le realiza un informe de calificación en el que se refleja tal circunstancia y que formará parte de su expediente personal. 70 Armas y Cuerpos Nº 142 ISSN 2445-0359


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