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Aparece en este Reglamento la fi gura del galonista al decirse que “para que en la Academia esté bien establecida la disciplina y pueda apreciarse los grados de subordinación entre cada clase, el número de soldados alumnos se dividirá en Compañías, con la fuerza de cien hombres, en las que habrá en cada una los Sargentos y Cabos que previene la organización del Arma” .Para alcanzar los galones de Cabo, Cabo Primero, Sargento y Sargento Primero se precisaría un doble requisito : que el alumno hubiese superado el primer curso y que el mando le reconociese carácter y disposición para hacer cumplir las órdenes de sus superiores y hacerse obedecer en las funciones de su empleo. A fi n de evitar las confusiones que unas mismas divisas pudieran producir con las clases homólogas del Ejército, el Cabo Segundo usaría dos sardinetas de plata sobre la vuelta de la levita, tres el Cabo Primero y de oro y en la misma forma los Sargentos y Sargentos Primeros, cesando en su uso tan pronto comenzaran el período de prácticas en Cuerpo. A los galonistas se les atribuía gran autoridad sobre los alumnos, concediéndoseles la facultad de arresto en las faltas de aplicación y otras que pudieran cometerse contra el buen orden de la Academia, con reprensión privada, reprensión en clase y arresto en el domicilio del infractor. Una vez superados los dos cursos de estudios serían destinados a un Regimiento de línea, con objeto de llevar a cabo las reglamentarias prácticas de seis meses y cumplido este plazo, serían promovidos al empleo de Alférez del Arma. Siendo Ministro de la Guerra el General Prim, por Decreto de 13 de Abril de 1869, se ordena el cierre de la Academia de Infantería (hay que pensar que el cierre se debió referir al Colegio Militar de Infantería, cuya existencia en precario contemplaba el Decreto de13 de Abril de 1867, ya que, como vemos, la Academia de Infantería como tal careció de vida propia en este período), en base al comentado exceso de ofi ciales existentes, añadiendo a ello las razones económicas que se decían en su exposición de motivos. Ante tal hecho, se determinó que los Cadetes que en aquel momento se encontraban cursando estudios fueran destinados a los Regimientos y Batallones, con el fi n de completar la instrucción teórica y práctica que les pudiera faltar. 1850 - 1869 En la primera parte veíamos como, debido a determinadas circunstancias, fundamentalmente derivadas del excesivo número de Alféreces y Cadetes existentes, que no podían ser absorbidos por el movimiento natural de las escalas, así como por las grandes difi cultades económicas surgidas de las limitaciones presupuestarias de aquella época, se procedió al cierre de la Academia de Infantería de Toledo por Decreto de 13 de Abril de 1869 y con anterioridad, en 4 de Noviembre de 1868, el Gobierno Provisional prohibió la concesión de plazas de Cadete en los Cuerpos. Cuatro años después parece que aquellos malos augurios de inmovilización total de las escalas no llegaron a cumplirse plenamente, toda vez que con fecha 3 de Marzo de 1871 se publica una Orden dictando reglas para el ingreso de Cadetes en las Armas de Infantería y Caballería, anunciándose, al propio tiempo, una convocatoria de 300 plazas para la primera, con fundamento en que el tan citado exceso de Alféreces había disminuido, previéndose que en tres o cuatro 118 Armas y Cuerpos Nº extraordinario 2019 ISSN 2445-0359


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