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Alfonso J. Iglesias Velasco prevista en el artículo 8 Ley 16/03, en su desarrollo reglamentario y en las disposiciones específicas aplicables en el REFAS, y comprenderá: los ser-vicios con un contenido análogo al que se recoge en la cartera común básica de servicios asistenciales del SNS, incluyendo el transporte sanitario urgen-te; la dispensación de los medicamentos y demás productos farmacéuticos aplicados en régimen de internamiento hospitalario; el coste de los medica-mentos en España y dispensados en régimen ambulatorio, menos la cantidad que hubiera correspondido aportar al titular de acuerdo con el régimen de la prestación farmacéutica en el territorio nacional, que, con carácter general, es el 30% del importe abonado; la prestación con productos dietéticos para el tratamiento de pacientes en régimen ambulatorio, en los límites y con-diciones facturado por los productos que sean objeto de la prestación; el transporte sanitario no urgente, cuando se hubiera establecido la indicación por un médico y su finalidad sea la de recibir asistencia sanitaria en el centro más próximo donde pueda ser atendido el beneficiario, sin que en ningún caso sean objeto de cobertura los traslados de ámbito internacional ni gastos de acompañantes; las ayudas económicas que correspondan para prótesis, ortesis y otras prestaciones sanitarias complementarias, con el contenido y límites establecidos en su regulación específica; y las vacunaciones en to-dos de vacunación del SNS, quedando fuera de cobertura otras vacunaciones incluidas en los programas de prevención o salud pública en el país de es-tancia53. comisión de servicio en el extranjero mantendrán los servicios asignados que les corresponda, en función de la modalidad asistencial a la que estu-vieran aplicable el contenido arriba descrito, pero cuando el destino se prolongue más de esos 5 años, los titulares deberán suscribir un seguro de asistencia sanitaria para su protección y la de sus beneficiarios, con una extensión y contenido similares, en lo posible, a los del sistema de protección que 178 de atención primaria y la atención especializada, en régimen ambula-torio y de hospitalización, incluidos los servicios de urgencia hospitalarios, y demás productos farmacéuticos que sean financiados por el SNS establecidos en el ámbito del SNS, por lo que se atenderá el coste los grupos de edad y, en su caso, grupos de riesgo, según el calendario Para la asistencia sanitaria en España, los titulares destinados o en adscritos antes de su salida del territorio nacional. Durante los primeros 5 años de estancia en países que no sean miem-bros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo ni Suiza, será 53  Cuando el titular tuviera algún seguro o sistema de protección cuya cobertura al-cance la asistencia sanitaria, únicamente se atenderá el reintegro de los gastos no atendidos Revista Española de Derecho Militar. Núm. 102, julio-diciembre 2014 por el mismo.


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