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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 103

El delito informático y su incidencia en el Código Penal Militar telefonía, supondría cortar de raíz la posibilidad de investigar conductas que utilizando tecnologías de la información y la comunicación y teniendo gran trascendencia social, no alcanzan por la penalidad asignada el rango de de-lito grave22. En definitiva, con el marco jurídico vigente, toda investigación policial o del Ministerio Fiscal para el esclarecimiento de un hecho ilícito que requiera la cesión de alguno de los datos almacenados por las operadoras impondrá de forma incuestionable autorización del Juez de Instrucción. Hemos de señalar, no obstante, que en la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del Régimen Disciplinario para la Guardia Civil, se incluyen supuestos específicos de ilícitos informáticos disciplinarios estos son como: −− Faltas graves artículo 8, números: 16. Instalar u ordenar la instalación de videocámaras fijas o medios técnicos análogos para fines previstos por la Ley, sin cumplir to-dos 17. Incumplir las condiciones o limitaciones fijadas en la resolución por la que se autorizó la obtención de imágenes y sonidos por el medio técnico autorizado. 18. Utilizar u ordenar la utilización de videocámaras móviles, sin 19.  Conservar las grabaciones lícitamente efectuadas con videocá-maras o medios técnicos análogos por más tiempo o fuera de los casos permitidos por la Ley, o cederlas o copiarlas cuando la Ley lo prohíbe. 20. Cualquier otra infracción a la normativa legal sobre utilización de medios técnicos de captación de imágenes y sonidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos. −− Faltas muy graves artículo 7, números: 20. Permitir el acceso de personas no autorizadas a las imágenes o sonidos obtenidos por cualquier medio legítimo o utilizar aquéllas o éstos para fines distintos de los previstos legalmente. 22 La jurisprudencia del TS ha establecido que una medida de investigación judi-cial que afecta tan directa y gravemente a la intimidad de las personas solo puede encontrar su justificación, en el ámbito del proceso penal, cuando lo que se persiga sea un delito grave, en el bien entendido de que no solo ha de tenerse en cuenta la gravedad de la pena, sino también su trascendencia y repercusión social (SSTS n.º 740/2012, de 10 de octubre; 467/1998, de 3 de abril; 622/1998, de 11 de mayo). 55 los requisitos legales. cumplir todos los requisitos exigidos por la Ley. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 103, enero-junio 2015


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