Page 13

REVISTA DE HISTORIA NAVAL 127

JUAN CARLOS LÓPEZ DE HARO GONZÁLEZ junto a una fragata, una corbeta y una balandra habían pasado de «Martinica a Trinidad al mando del jefe de División marqués de La Rivière, impetrando este comandante que S.M. se dignase admitir aquellos buques que venían a presentarse como a pariente el más inmediato de su legítimo soberano: lo cual se ha servido de aceptar, debiendo quedar a las órdenes de V.E.» y prosigue el mandato real al teniente general, el cual destila la desconfianza hacia todo lo francés imperante en Europa en aquellos momentos: «Como se ignoran las circunstancias y calidades del marqués de la Riviere, y de los otros capitanes, aunque tenga muestras de su fidelidad por la voluntaria entrega de sus buques, no puede resolver si han de conservar el mando de ellos, o ser relevados por oficiales españoles; y por tanto deja el Rey, este punto al prudente discernimiento de V.E., según las noticias que le dieren los jefes militares de esos dominios sobre la conducta y manejo que hayan observado los dichos franceses durante su residencia en la Isla de Trinidad y en Puerto Cabello, para que proceda con la rectitud y pulso que considere, de modo que sin desaire de estos oficiales (que verificado el juramento han de ser incorporados a la Marina Real con sus propios grados, si quisieren servir en ella) se logre la seguridad de los buques y la entera confianza que debe haber en el que los manda para operar con ellos. Dispondrá V.E. lo que mejor le pareciere en cuanto a interpolar sus tripulaciones con las nuestras, o dejarlas separadas en uno o más buques según su número, porque acaso no contraríen con sus máximas a nuestra gente; pues aunque todos los que se refugiaron en los citados buques franceses se hayan manifestado adictos a la buena causa, pueden haber variado sus ideas con la declaración de guerra y muerte del Rey Cristianísimo, que entonces ignoraban». Con excepción de Gran Bretaña y de algunos pequeños estados, el régimen imperante en el continente europeo es la monarquía absoluta. Los monarcas, jefes de Estado hereditarios por la gracia de Dios, estaban a la cabeza de una sociedad estamental de privilegios cuya legitimidad, en cuanto guardiana de la ortodoxia católica, se sustenta en la Iglesia, así como en una serie de instituciones avaladas únicamente por la inmemorial tradición. Cierto es que en la última parte del siglo XVIII, bajo el despotismo ilustrado, parte de ciertos aparatos estatales intentaron llevar a cabo una serie de programas de modernización económica, social, intelectual y administrativa; pero, como afirma josep Fontana, ningún auténtico ilustrado del siglo XVIII creyó jamás esa patraña de que hubiese reyes filósofos. En la propia Encyclopédie se define el despotismo como «gobierno tiránico, arbitrario y absoluto de un solo hombre». La salida de Aristizábal para incorporar «bajo su mando a la división francesa que solicitó la protección de V.M. y que debe dirigir su rumbo a Puerto Cabello y en caso necesario y conveniente atacar las enemigas», derivada de la citada real orden de 16 de mayo de 1793, se comunica al virrey de Santa Fe, al igual que a los gobernadores de Santo Domingo, Puerto Cabello y Trini- 12 REVISTA DE HISTORIA NAVAL Núm. 127


REVISTA DE HISTORIA NAVAL 127
To see the actual publication please follow the link above