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MEMORIAL INGENIEROS 91

DICIEMBRE 2013 87 Pero transcurridos unos años, los estudios realizados en el transcurso de la Gran Guerra (1914-1918) ponen de manifiesto la necesidad de una reorganización del Ejér-cito, a la que se señala un plazo de doce años y cuyas bases se establecen por real decreto de 7 de marzo de 1918, al que se otorga carácter y fuerza de ley el 28 de junio de ese año. Aunque en su desarrollo atendía muy especialmente a las bases navales2 –llegando incluso a determinar que el mando supremo de la de Cartagena lo ostentaría un teniente general con su Estado Mayor–, los progresos de la técnica y la industria naval pusieron de manifiesto, como consta en un informe oficial, que “la pla-za de Cartagena no está en condiciones de sostener con eficacia un combate ni con escuadra ni ejércitos modernos, faltándole para ello poseer piezas de más alcance y mayor velocidad de tiro, llevar el frente marítimo hasta cabo Tiñoso y cabo de Agua, constituir el frente terrestre, fortificar la isla de Escombreras y los montes de Roldán y la Muela, y dotarlos de baterías antiaéreas”. Era evidente que el material había co-menzado a dar señales de vejez, quedando fuera de servicio en el año 1924 algunas baterías. No obstante, se aprueban durante el año 1925 importantes proyectos para la plaza de Cartagena: las obras de acondicionamiento de la parte del cuartel del Hospital donde se alojan las tropas de Artillería, el camino militar de cabo Tiñoso y la construcción de los polvorines en la falda del monte Roldán. El claro concepto que el general Primo de Rivera tenía de la evolución política de Eu-ropa y de los futuros peligros en el orden internacional le llevó a cuidar de la Marina de Guerra, dotándola de medios poderosos de defensa de sus bases y de material adecuado a las probables necesidades, dentro de la modestia de nuestros medios económicos. Para lograr lo primero ordenó el artillado de las costas inmediatas a los puertos militares con material moderno de la mejor clase y calidad, pero no será hasta el año 1926, en medio de la tormenta que sufre el cuerpo de Artillería por sus discrepancias con las disposiciones del Gobierno, cuando la máxima autoridad de la plaza de Cartagena tiene conocimiento, mediante traslado por orden comunicada del capitán general de la Región Militar de fecha 16 de agosto, del real decreto de 13 de julio, que por cierto está firmado por el rey en nuestra embajada en Londres al encontrarse de viaje, y el ministro de la Guerra Juan O’Donnell y Vargas, en el que textualmente se dice: A propuesta del Ministro de la Guerra y de acuerdo con el Consejo de Ministros vengo en decretar lo siguiente. Artículo primero: se aprueba el Plan de Artillado de los frentes marítimos de las Bases Navales de El Ferrol-Coruña, Cartagena y Mahón estudiado por el suprimi-do Estado Mayor Central y la actual Dirección General de Preparación de Campa-ña, que comprenden: para la primera, 8 cañones de 38,1 cm, 20 de 15,24 cm, 20 de 10,5 cm antiaéreos y 18 obuses ac. de 24 cm; para la segunda, 4 cañones de 38,1 cm, 16 de 15,24 cm, 16 de 10,5 cm antiaéreos y 12 obuses ac. de 24 cm; y para la tercera, 6 cañones de 38,1 cm, 16 de 15,24 cm, 12 de 10,5 cm antiaéreos y 12 obuses ac. de 24 cm. Artículo segundo: queda autorizado el Ministro de la Guerra para dictar, ajustán-dose a los créditos presupuestados, las disposiciones convenientes a la urgente ejecución de los trabajos y obras necesarias para el completo desarrollo de dicho Plan y abreviar los trámites reglamentarios, estudios y demás gestiones que exija la finalidad indicada.


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