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REVISTA GENERAL DE MARINA JUNIO 2016

TEMAS PROFESIONALES extranjero o los que ya tienen sus propias pruebas más exigentes (el ejemplo más claro es la Fuerza de Guerra Naval Especial), se reducen, en general, a intenciones más o menos profundas (se tendrá en cuenta, se considerará en los procesos de evaluación) por lo que respecta al personal permanente. No sucede así con los procedimientos de renovación de compromiso o acceso a una relación de servicios permanente; en estos casos, la calificación de no apto en las pruebas físicas es causa excluyente en el proceso y, por tanto, de declaración de no idóneo. He dejado de lado, a propósito, un aspecto del que se ha hablado ya en varias ocasiones: cómo tener en cuenta las pruebas físicas en los procesos de evaluación. La Orden Ministerial 17/2009, de 24 de abril, establece las normas de valoración en estos procesos y cuantifica la no superación de las pruebas: — Evaluaciones para el ascenso por el sistema de clasificación: -2 puntos. — Evaluaciones para seleccionar los asistentes a determinados cursos de actualización: -1 punto. — Evaluaciones para el ascenso por el sistema de elección: -0,5 puntos. Es decir, que los resultados de las pruebas físicas sí tienen ciertos efectos en los procesos de evaluación, pero únicamente en caso de no superarlas. No se establecen diferencias entre los aptos por conseguir mejores o peores resultados, como ya se comentó anteriormente. Queda abierta, finalmente, una puerta, muy peligrosa por otra parte y que creo indeseable: la posibilidad de abrir un expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas por no superar las pruebas físicas. Esta circunstancia podría tener efectos muy negativos en determinados empleos y, en particular, para poder ocupar destinos de mando de especial relevancia o muchos puestos clave dentro de la estructura orgánica. Sin obviar lo deseable que sería una adecuada condición física de todos los miembros de la Armada, excluir de la posibilidad de acceder al mando o a estos otros puestos destacados a personal de alta cualificación y prestigio por el hecho de no pasar los 2.000 metros en tiempo no parece lo más adecuado para la institución. Más aún si tenemos en cuenta las dificultades que tradicionalmente se han sufrido, como expliqué al principio, para poder desarrollar una actividad deportiva durante las navegaciones o incluso en tierra (recuérdese que las RR. OO. de 1979 hablaban de realizar deporte «en el tiempo libre»). El propio Cuartel General de la Armada disponía de un vetusto gimnasio hasta hace muy poco tiempo (le salvaba la cercanía del Parque del Retiro) y no digamos el de la Escuela Naval Militar allá por los lejanos 90, que recordaba a los comienzos de Arnold Schwarzenegger. La Armada podría resentirse, en fin, al apartar a personal muy cualificado, por un aspecto de su formación que, si bien catalogado como «elemento bási- 2016 915


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