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Revista española de Defensa 323

APROBADO el Protocolo frente al acoso sexual Establece las medidas de actuación y crea las Unidades de Protección nacional EL Consejo de Ministros aprobó el pasado 20 de noviembre el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo en las Fuerzas Armadas, que promueve en la organización militar una cultura de tolerancia cero ante estas conductas y determina la creación de las Unidades de Protección, ajenas a la cadena orgánica de mando, para garantizar de este modo una mejor investigación de los posibles supuestos. Ultimado a raíz del caso de la comandante Zaida Cantera, que denunció por acoso sexual al entonces teniente coronel Isidro José de Lezcano Mújica, este Protocolo deriva de las Leyes Orgánicas de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, del 4 de diciembre de 2014, y del Código Penal Militar, del último 14 de octubre. En ellas, el acoso de naturaleza sexual —verbal o físico— y el realizado en función del sexo de una persona se tipifican por primera vez de forma específica en el ámbito disciplinario y penal militar como conductas constitutivas de infracción disciplinaria y delito. Asimismo, una proposición no de ley aprobada el 28 de abril de 2015 por el Pleno del Congreso de los Diputados instaba al Gobierno a elaborarlo. IGUALDAD El Protocolo, que el 9 de octubre fue informado por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, se inspira en el principio de igualdad y no discriminación por razón de género y sexo, y en el respeto a la dignidad personal de todo militar. El texto acordado contiene acciones preventivas, como las relacionadas con la formación en todos los niveles de la enseñanza militar y la sensibilización del personal a través de distintos planes de mentalización. En cuanto a las medidas de protección, éstas se sistematizan, recogiéndose las ya existentes en el régimen disciplinario e incluyéndose algunas nuevas, como la posibilidad de petición voluntaria por la víctima de un cambio de puesto dentro de la unidad, o de una comisión de servicio dentro o fuera de la localidad de destino. Se garantiza en todo el procedimiento la confidencialidad para salvaguardar el derecho a la intimidad, así como la celeridad y la diligencia del mismo. Igualmente, el texto aprobado regula acciones de seguimiento y control de las situaciones de acoso y de acompañamiento a la víctima durante el proceso. En el ámbito organizativo se crean las Unidades de Protección frente al Acoso (UPA), que sirven de canal voluntario de transmisión de denuncias y que, además, prestarán asistencia integral de carácter médico y psicológico y asesoramiento profesional, social y jurídico a la víctima. Habrá una UPA en cada uno de los Ejércitos y en el Órgano Central, próximos al mando, para proporcionar inmediatez en la respuesta ante una posible denuncia de acoso sexual o por razón de sexo. Igualmente, se prevé la elaboración y difusión de una Guía práctica, con la información fundamental para que la víctima de acoso ejerza sus derechos —modo de actuación, direcciones y teléfonos, medidas de atención y asesoramiento…—; y de un Manual de buenas prácticas para el mando, dirigido a prevenir y actuar ante situaciones de acoso, en el que se recogerán técnicas de trabajo en equipo y liderazgo, entre otras. Ambos documentos serán permanentemente actualizados, al igual que el propio Protocolo, por el Observatorio Militar para la Igualdad. Este Observatorio, además, recopilará los datos estadísticos y elaborará un informe que el 1 de febrero de cada año elevará al ministro de Defensa. S.F.V. Diciembre 2015 Revista Española de Defensa 31 Hélène Gicquel Se pretende eliminar cualquier discriminación por razón de sexo que pudiera haber en las FAS, para garantizar la plena igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.


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