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REVISTA ESPAÑOLA DE DEFENSA Nº 312 DIC 2014

nacional En marcha la reforma de la ley de la carrera El Consejo de Ministros aprueba el Anteproyecto de la norma que modificará el régimen transitorio El Gobierno ha dado un paso adelante en la reforma del régimen transitorio de la Ley de la Carrera Militar, vigente desde 2007. Lo hizo el pasado 14 de noviembre, cuando el Consejo de Ministros aprobó, a propuesta del titular de Defensa, Pedro Morenés, el Anteproyecto de la Ley por la que se modificará dicho texto legal. Los cambios que introduce el Anteproyecto se refieren a varios aspectos. Uno de ellos afecta a las condiciones del ascenso en la reserva, hasta 2019, de los suboficiales al empleo de teniente. Se determina que el ascenso se producirá en el momento del pase a esta situación, eliminando una edad como condición añadida; además, se compensa a quienes no se acojan a la reserva voluntaria a los 58 años y lo hagan con mayor edad, a los que se concederá dicho empleo con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos desde la fecha en que cumplieron los 58. Asimismo, el período transitorio para pasar voluntariamente a la reserva con 58 años se amplía hasta 2019, en lugar de finalizar en 2017. Con ello se pretende dar la oportunidad de acogerse a ello a un número mayor de oficiales y suboficiales, y adelantar el ascenso de determinados suboficiales. Derivado de diversas sentencias de la Audiencia Nacional, se incluye ex- presamente que el pase a reserva exige veinte años de servicio; de lo contrario se pasa directamente a retiro. Se concede el empleo honorífico a retirados, en el caso de militares que no pudieron ascender por pasar directamente a retiro sin pasar antes por la situación de reserva, siempre que lo hicieran como consecuencia de acto de servicio. También se otorga el empleo honorífico a suboficiales del antiguo Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria que, cumpliendo las condiciones para el ascenso, no pudieron acogerse al mismo. Igualmente, se recoge la vinculación honorífica con las Fuerzas Armadas del personal que pasa a retiro por incapacidad permanente adquirida en acto de servicio y en especiales circunstancias. Esta vinculación, que ya se puso en práctica en 2012, comprende la adscripción del interesado a la unidad que se determine y, si procede, la concesión de sucesivos empleos con carácter honorífico. DEBATE PARLAMENTARIO El Anteproyecto responde al mandato contenido en la Ley Orgánica de Derechos y Deberes de los Miembros de las Fuerzas Armadas, de 2011, según el cual el Gobierno debe remitir al Congreso un Proyecto de Ley de reforma del régimen transitorio de la Ley de la Carrera Militar, régimen que ha tenido consecuencias imprevistas en algunos El Anteproyecto de Ley reforma algunos casos y que ha provocado críticas entre el personal afectado. Para estudiar este asunto se creó una Subcomisión en el seno de la Comisión de Defensa del Congreso. Tras quince meses de trabajo, en los cuales comparecieron la subsecretaria y otros altos cargos del Departamento y representantes de las asociaciones profesionales de militares, la Subcomisión elaboró un Informe, que fue aprobado el pasado 9 de julio por la Comisión, con 38 votos a favor y solo uno en contra, de UPyD. De las recomendaciones incluidas en este Informe se derivan las modificaciones establecidas por el Anteproyecto. El Informe señalaba que el nuevo modelo establecido hace siete años en la Ley de la Carrera Militar se encuentra ya «consolidado en toda su extensión sin que, como consecuencia de su aplicación, se haya visto afectada la operatividad de las Fuerzas Armadas». También advertía sobre el riesgo de que cualquier medida que se adoptara, aplicada con carácter general o específico a una escala, Los militares podrán optar a puestos en la Administración civil, según la Ley de Racionalización del Sector Público 12 Revista Española de Defensa Diciembre 2014


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