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RHM EXTRA ANIVERSARIO 2ª PARTE QUIJOTE

72 SANTIAGO LÓPEZ MOREDA Los varones prudentes, las repúblicas bien concertadas21, por cuatro cosas han de tomar las armas y desenvainar las espadas, y poner a riesgo sus personas, vidas y haciendas: la primera, por defender la fe católica; la segunda, por defender su vida, que es la ley natural y divina; la tercera, en defensa de su honra, de su familia y ha-cienda; la cuarta, en servicio de su rey, en la guerra justa; y si le quisiéremos añadir la quinta (que se puede contar por segunda), es en defensa de su patria. El pasaje cervantino es particularmente interesante porque la gradación de las causas por las que han de tomarse las armas no es fortuita. El servicio al rey aparece en último lugar, tras la defensa de la familia y de la honra, y además, solo en el caso de guerra justa. Asistimos de esta manera a las doctrinas contemporáneas que se están desarrollando a propósito del estado absolutista en torno a la teoría política, esto es, la soberanía; en torno a la teoría jurídica, es decir, los derechos del monarca y de las instituciones, y en torno a la teoría económica (el mercan-tilismo) en las relaciones exteriores, doctrinas todas ellas que emanaron de la Paz de Ausburgo (1555). Los reformadores religiosos Lutero y Calvino habían defendido los principios de las primeras comunidades cristianas y ello suponía cuestionar, además de la jerarquía eclesiástica, la relación Iglesia-Estado en el conflicto de prevalencia jurídica entre el derecho natural y la religión propia frente a la religión del estado; en suma, una cuestión de soberanía. Leyendo entre líneas, pienso que no es descabellado ver reflejado en Cervantes el pensamiento de al menos tres intelectuales del siglo en los campos de la política y del derecho. Me refiero a Erasmo, Jean Boudin o Bodino y el padre Suárez. Erasmo proclama que las leyes han de buscar el interés general «que a ninguno se ocasione injuria, ni al pobre ni al rico, ni al noble ni al villano, ni al esclavo ni al libre, ni al funcionario público ni a la persona privada… Aquello que la fortuna dejó desigual, iguálelo la humanidad de las leyes. Por esto castiguen con mayor celo al atropello del pobre que la ofensa del rico, al magistrado corrompido que al plebeyo pérfido, al patricio facineroso que al malhechor oscuro»22, porque «la fortuna de los humildes está más expuesta a los vejámenes» y la noción de “patria” adquiere un sentido nuevo. Los monarcas han de atender a estos principios, algo que, como veremos más adelante, no ocurre con los moriscos o los que son sospechosos de serlo, caso de Ricote y la descomposición de su familia cuando es desterrado de España y, sobre todo, del bandolero Roque Guinart y su comportamiento 21  Naturalmente, en el lenguaje cervantino, hemos de entender república como res publica, es decir, “cosa de todos”, el reino, que es la forma habitual de gobierno. 22  ERASMO: Institutio Principis Christiani, en Opera Omnia T.4, London 1962, pág. 595. Revista de Historia Militar, I extraordinario de 2015, pp. 57-84. ISSN: 0482-5748


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