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Revista de Historia Militar 123

20 SILVERIO JOSÉ CUBERO DE VAL fe de bautismo, la licencia de sus padres o tutores y que estos se obligaran a abonar, por meses, cuatro reales diarios. Asimismo la R.O. daba preferencia a los individuos de la Milicia urbana y también a los soldados y cabos de los cuerpos que reunían las cualidades indicadas, prefiriéndolos a los simples paisanos. Aunque los que servían en filas no debían salir de sus Cuerpos hasta haber acreditado las cualidades prescritas ante sus Jefes respectivos y haber sufrido el examen correspondiente. Los Caballeros Distinguidos, previa filiación por sus respectivos Capitanes, debían presentarse equipados con las prendas de uniforme que usaba la infantería de línea, recibirían cuatro reales diarios por prest (haber del soldado) y pan (por R.O. de veintiuno de junio de 1836 se precisó que los cuatro reales fuesen líquidos sin descuento alguno) y su instrucción militar se determinaría por un reglamento particular, acomodado a las circunstancias. También se especificaba en las condiciones de ingreso que las solicitudes se debían dirigir a los Capitanes Generales de las Regiones militares donde los aspirantes residieran, procediendo estas autoridades a abrir un expediente y al examen. Remitiéndolo todo al Inspector General de Infantería, por quien debía expedirse la orden de admisión. El examen de entrada se verificaba bajo la supervisión de una Junta que presidía el Capitán General o el Jefe superior que esta autoridad designase, con un Jefe o Capitán de cada arma y un Oficial de infantería con funciones de secretario. Las pruebas consistían en leer y escribir correctamente un texto presentado por el tribunal, operaciones elementales de aritmética, nombres y figuras en geometría, para continuar con preguntas sobre geografía en general y la particular de España, “manejando con soltura los mapas y cartas que se le presenten” y, por último, “algunos conocimientos de la historia general, y con más detención de la Monarquía en sus diferentes épocas.” Verificado el examen, la Junta proponía la admisión o reprobación, expresando en el primer caso la clase de instrucción y circunstancias que puedan recomendar al aspirante. La certificación de este acto se unía al expediente, que se completaba con las notas de concepto en cuanto a conducta, robustez y demás cualidades morales y físicas. 2.3. Organización y servicio en las Compañías En el servicio en estas Compañías, sus sargentos y cabos eran elegidos de entre ellos mismos y, además, se debía procurar que estuvieran acuartelados con la comodidad necesaria para dedicarse al estudio. No harían guardias ni servicios de plaza y mediante el haber de ciento veinte reales Revista de Historia Militar, 123 (2018), pp. 20-42. ISSN: 0482-5748


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