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José Luis Cano Camarero sus normas internas, seguiría siendo parte del Ejército de Tierra y, por lo tanto, de las FAS, aunque la Constitución no lo dijera: «Tampoco dice que el arma de infantería sea parte del Ejército de Tierra y, sin embargo, lo es». Por otro lado, en lo que respecta al derecho comparado, el ponente re-fería que el modelo de la Guardia Civil es el de la Gendarmería en Francia, así como el de los Carabinieri en Italia. Continuaba afirmando que los tres cuerpos pertenecen al Ejército de Tierra de los respectivos países, y recor-dó el éxito que los Carabinieri estaban teniendo en la lucha antiterrorista durante aquellos años24. En lo que concierne a la existencia a un cuerpopuente afirmaba que an-tes lo fue la Guardia de Asalto y también lo había sido en el pasado reciente la Policía Armada y que, en consecuencia, ese papel de cuerpopuente le correspondía entonces a la Policía Nacional. Finalmente, el ponente realizó una concesión al proponente de la en-mienda al afirmar: «Yo creo que en una ley orgánica podría perfectamente no hacerse referencia a la naturaleza del cuerpo. Y en eso puedo estar de acuerdo con él, en cuanto que es un criterio el de esta ley de dar las bases, no en el sentido de ley de bases, sino en el de criterios básicos de la defensa y de la organización militar, y bastaría que hablara de doble dependencia y podría haber sido una solución. … Aquí podría realmente reducirse el problema, puesto que estamos en una ley de criterios básicos de la defensa y de la organización Militar, que habla de la doble dependen-cia, y como el PSOE enfoca el problema, la Guardia Civil sigue siendo una parte del Ejército de Tierra». Con este reconocimiento, de una manera implícita, el diputado estaba fijando una posición de anuencia a la propuesta socialista reconociendo que, en la ley objeto de trámite y discusión de criterios básicos de la defen-sa nacional y de la organización, bastaba con referir su dependencia y no era necesario afirmar su naturaleza, que le vendría dada por sus leyes in-ternas y que, en todo caso, seguiría siendo una parte del Ejército de Tierra. Recogiendo las intervenciones de defensa y respuesta a la enmienda n.º 102, y a pesar de las diferencias expuestas por el diputado proponente de la enmienda y el ponente, el diputado Sr. Cuatrecasas del Grupo Mino-ría Catalana, elevó una propuesta de enmienda transaccional en la que se 24  En referencia a los éxitos del general del arma de Carabinieri Carlo Alberto dalla Chiesa contra el terrorismo de las Brigadas Rojas. 240 Revista Española de Derecho Militar. Núm. 108, julio-diciembre 2017


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