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TEMAS PROFESIONALES Una nueva ley El 26 de octubre de 2012, el Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo por el que se creaba la CORA (Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas) a la que encomendaba realizar un estudio integral de las Administraciones Públicas para identificar las áreas de mejora y las medidas a adoptar para hacerlas más ágiles, eficientes y cercanas a los ciudadanos. En su informe final presentado al Gobierno en junio de 2013, la CORA propuso alrededor de 200 medidas racionalizadoras, más de la mitad de las cuales estaban relacionadas con las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC). Podemos concluir que la CORA estableció dos objetivos a seguir en el ámbito de las Administraciones Públicas: la digitalización y la mejora de competitividad. Con anterioridad a la creación de la CORA, se había promulgado la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, lo que facilitó la puesta en marcha de una paulatina reforma legislativa para llevar a cabo los retos planteados por la comisión. Un año después, vieron la luz la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contables de facturas en el Sector Público. Posteriormente entró en vigor la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa; y finalmente, en 2015, se dio un vuelco a la legislación sobre las Administraciones Públicas. Tras la publicación de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, el 1 de octubre se aprobaron dos leyes claves: la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, que sustituían a la Leym30/1992, dem26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (vieja conocida a la que tantas veces estudiamos en los diversos cursos, aptitudes y especialidades de la Armada). También caía en esa fecha otra recordada disposición con la que debíamos bailar cada vez que nos servían ración doble de Organización, asignatura de obligada presencia en los cursos de perfeccionamiento: la mítica Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE para los amigos, que fuimos multitud), reemplazada asimismo por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Obviamente, tenía que llegarle el turno a la contratación administrativa del Sector Público, y aprovechando que debían trasponerse al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, el pasado 9 de marzo de 2018 entró en vigor la nueva Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. 116 Enero-feb.


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