Page 154

REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 100

Jerónimo Domínguez Bascoy 10/2013 va, sin embargo, mucho más lejos, incluyendo actividades que caen notoriamente fuera del marco de las ciberhostilidades propiamente dichas. Y es que al ponerse principalmente el énfasis en el hecho de que se comprometa la disponibilidad, integridad y confidencialidad de la informa-ción se da incluso la consideración de ciberataques a los simples accesos no autorizados, a los cuales, en puridad, más que como ciberataques, habría que calificarlos como ciberincidentes. ciberguerra y ciberataque. las pocas ocasiones en que aparece, lo hace como sinónimo de CNA, en cuanto modalidad ofensiva de las «Information Operations». La misma línea sigue, más de diez años después, Marco Roscini18 quien, limitando su estudio a los CNA, se decanta por utilizar las expresiones de «ciberfuerza» y «ciberataques», a fin de mantener la coherencia con el lenguaje usado en el Derecho Internacional. Así, Roscini asocia el concepto de ciberataques al uso hostil de la ciberfuerza, sea en forma de un acto aislado, como el primer ataque de un conflicto armado, como un ataque en el contexto de un conflicto armado en curso o, finalmente, como una reacción frente a un ataque previo, convencional o cibernético. Por su parte, la ciberfuerza la refiere a las operaciones ejecutadas por un Estado contra otro Estado, tanto ofensivas como defensivas, por medio del uso de información residente en ordenadores individuales, en algunos ordenadores dentro de una red o en redes de información enteras, con el propósito de incapacitarlos o de producir daños extrínsecos al propio ordenador o red. Excluye, Roscini, de su definición de ciberfuerza los ataques físicos o cinéticos contra infraes-tructuras la ciberpropaganda. llevado a cabo para delimitar los conceptos de que se trata es, quizás, el realizado por Oona A. Hathaway y Rebecca Crootof19. Tras contraponer Max Planck Yearbook of United Nations Law, vol. 14, 2010, pp. 85-130. Series, Paper 3852, 2012. 160 El concepto de «ciberataque» que se formula en la Orden Ministerial (es decir, acciones dirigidas hacia la capa semántica del ciberespacio), Diversos autores han tratado, asimismo, de delimitar los conceptos de En el seminal artículo de Michael N. Schmitt17, al utilizarse la termino-logía oficial militar de los Estados Unidos vigente en la época, no se men-ciona ni una sola vez el término ciberguerra y, en cuanto al de ciberataque, de información y comunicaciones, así como el ciberespionaje y El intento más reciente y acabado que, entre la doctrina jurídica, se ha 17  Véase, supra, n. 3. 18 Roscini, M., «World Wide Warfare - Jus ad bellum and the Use of Cyber Force», 19 Hathaway, O. A. y Crootof, R., «The Law of Cyber-Attack», Faculty Scholarship Revista Española de Derecho Militar. Núm. 100, enero-diciembre 2013


REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 100
To see the actual publication please follow the link above