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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 100

La implicación del Ministerio de Defensa en la preservación del medio marino judiciales en los buques56, de 5 de octubre de 2002, se sigue la tradicional línea de exclusión de su ámbito de aplicación de los buques de guerra y los auxiliares de la Armada (artículo 3.2). Han de incluirse en el concepto de operaciones normales ciertas eva-cuaciones deliberadas como la descarga de basuras, de aguas sucias, del agua de lastre o de las mezclas de hidrocarburos procedentes de opera-ciones de limpieza de tanques, debiendo estarse en cuanto a las dos últi-mas actividades mencionadas, al Convenio Internacional para el Control y Gestión de Aguas de Lastre y Sedimentos de los Buques (BWM/2004)57, hecho en Londres, el 13 de febrero de 2004, el cual, aunque no ha entrado 56  BOE núm. 267, de 7 de noviembre de 2007. España se adhirió al Convenio mediante Instrumento depositado el 16 de febrero de 2004, 57 Barrio Gómez, R., Astilleros: problemática de las aguas del dique seco, comunica-ción técnica, 10º Congreso Nacional de Medio Ambiente, celebrado en Madrid del 22 al 26 de noviembre de 2010, p. 8, indica que en la Conferencia Internacional sobre la gestión del agua de lastre de los buques, celebrada en Londres del 9 al 13 de febrero de 2004, se adoptó el Convenio Internacional para el Control y la Gestión de aguas de lastre y los sedimentos de los buques del año 2004, que tiene como objeto evitar la introducción de organismos acuáticos perjudiciales en los ecosistemas marinos/costeros y así prevenir los efectos adver-sos que origina la propagación de dichos organismos a través del agua de lastre y sedimen-tos de los buques en el ecosistema receptor. Respecto a la gestión de los sedimentos de los buques, la regla B-5, establece que todos los buques extraerán y evacuarán los sedimentos de los espacios destinados a transportar agua de lastre de conformidad con las disposiciones del plan de gestión del agua de lastre del buque. Vid. (2007), «Tecnologías para el tratamiento de las aguas de lastre de los buques», Boletín de Inteligencia Tecnológica, n.º 1, Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, Madrid, 2007, p. 5, que indica que cualquier tipo de buque se ve obligado a navegar en diferentes condiciones de carga, por lo que todos ellos se proyectan teniendo esto en cuenta. Si un buque tiene que navegar, parcial o totalmente, sin carga, necesita compensar su menor peso para evitar perder su estabilidad. Para conservar las condiciones de navegabilidad in-tactas, la falta de carga se compensa con el que le proporciona el lastre. A buques de mayor porte y capacidad, mayor capacidad de admisión de lastre. El agua se ha utilizado como lastre desde 1880, evitando así la carga de materiales sólidos, que lleva tiempo y la posible peligrosa inestabilidad del buque al desplazarse el lastre durante la travesía. El lastre se lo-gra mediante el llenado, con agua de mar, de los tanques que poseen los barcos a tal efecto y que se toma directamente de la zona en la que se encuentre el buque en cada momento. El agua de lastre, habitualmente bombeada a los tanques de lastre en el puerto donde se des-carga la carga, suele contener sedimentos y organismos vivos en todas sus etapas de vida. A través del agua de lastre se pueden llegar a transportar hasta 7.000 especies, animales y vegetales, al día en todo el mundo, incluyendo virus, bacterias y huevos y larvas de dife-rentes especies. Es, por lo tanto, el mayor vector de transferencia de organismos marinos a nivel global. Entre los casos más importantes de especies invasoras encontramos el caso del mejillón cebra (Dreissena polymorpha). Otro caso reseñable es el del gobio redondo (Neogobius melanostomus) y también las desafortunadamente famosas mareas rojas, que han sido introducidas a partir de las aguas de lastre de barcos, producen una toxicidad que, si bien no es perjudicial para el ecosistema en general como en otros casos, sí afecta a orga-nismos 223 entrando aquel en vigor con carácter general y para España, el 17 de septiembre de 2008. filtradores como el mejillón. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 100, enero-diciembre 2013


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