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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 100

Rosel Soler Fernández ciones (1368, 1373…)3 por las que se instaba a los Estados a prevenir y reprimir los actos de terrorismo y se les exhortaba a cooperar mediante acuerdos y convenios internacionales. de las Naciones Unidas, surgió una Coalición internacional contra el te-rrorismo «Libertad Duradera», de la cual España formó parte, y con base en la cual se pretendía detener y visitar a los buques en la zona de operaciones, para prevenir así los actos de terrorismo, controlando entre otras cosas el tráfico de armas, ya que tal y como señalaban las Resoluciones nombradas existe una estrecha conexión entre el trafico de armas y las actividades terroristas. su base en Resoluciones del Consejo de Seguridad y en una posterior coa-lición visitar en caso de terrorismo o tráfico de armas, tal y como exigiría el pá-rrafo supuestos en que la visita no encaja en los cinco supuestos enumerados en el artículo 1104. Se podría afirmar que una Resolución del Consejo de Seguridad dicta-da en el marco del art. 42 de la Carta de las Naciones Unidas (como es el caso de las Resoluciones que condenaron el terrorismo tras los atentados del 11 de septiembre a las Torres Gemelas de Nueva York) y que instara a los Estados miembros a la interrupción de las comunicaciones marítimas, solo se podría entender dentro del marco del capítulo VII de la Carta, es decir como una acción en caso de amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz o acto de agresión, en un conflicto concreto, para un fin concreto y en un espacio geográfico concreto y determinado, y no de forma genérica. 26 de febrero, del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas en relación con el embargo de armas a Libia. En la misma, el Consejo, preocupado por la grave situación en Libia, decide que todos los Estados miembros debe-rán o por sus nacionales, o utilizando buques o aeronaves de su pabellón, de y Resolución 1373 (2001) de 28 de septiembre de 2001. que posteriormente analizaremos. 256 Sobre la base de estas Resoluciones, e invocando el art. 51 de la Carta liderada por los Estados Unidos, cuyo marco fue la Operación Nos encontramos por tanto con que en estos casos la visita solo tendría entre Estados, pero no en ningún Tratado internacional que permita 1 del art. 110 de la Convención sobre el derecho del mar, en aquellos Otro supuesto reciente lo tendríamos en la Resolución 1970(2011), de de adoptar de inmediato las medidas necesarias para impedir el sumi-nistro, la venta o la transferencia a Libia, desde o a través de sus territorios 3 Vid. Resolución 1368(2001) del Consejo de Seguridad, de 12 de septiembre de 2001 4  Una de las detenciones que tuvieron lugar en el seno de esta operación Libertad Dura-dera, la cual tuvo gran trascendencia nacional e internacional, fue la del Buque «SO SAN», Revista Española de Derecho Militar. Núm. 100, enero-diciembre 2013


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