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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 100

El Anteproyecto de Ley Orgánica (2013) del Código Penal Militar 3.º Su naturaleza de ley penal especial, que debe acoger en su articula-do únicamente los preceptos que no tienen cabida en el texto común o, aún teniéndola, requieren alguna previsión singular que justifique su incorpora-ción a la ley militar dentro del ámbito estrictamente castrense que preside 4.º El proceso de modernización de la organización militar, la profe-sionalización ya culminada de las Fuerzas Armadas, así como el nuevo 5.º La permanente participación de unidades militares españolas en mi-siones internacionales fuera de nuestro territorio, integradas en unidades 6.º La necesidad de dar cumplimiento a las obligaciones convenciona-les asumidas por España, en particular relativas a la prevención y castigo de las violaciones del Derecho Internacional Humanitario, así como a las derivadas de la ratificación por Ley Orgánica 6/2000, de 4 de octubre, del Estatuto de la Corte Penal Internacional. 7.º La conveniencia de introducir nuevas figuras delictivas, que agru-padas en un Título propio, otorguen protección penal al ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas de los militares, por imperativo de la citada Ley Orgánica 9/2011, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. 8.º Las razones de orden técnico derivadas de la experiencia en la apli-cación jurisprudencial del Código Penal Militar de 1985 y otras de adapta-ción terminológica a un lenguaje técnico-jurídico más actual y de común Así se justifica la elaboración de un Código Penal Militar completo, para facilitar su aplicación práctica, a la vista de los numerosos preceptos que deberían ser modificados y la notable reducción de su contenido, tan-to en su parte general como en su parte especial. Las disposiciones del Anteproyecto no alcanzan en número la mitad del articulado del aprobado en 1985 (88 artículos frente a los 197 del Código vigente), como lógica consecuencia de su complementariedad respecto del Código Penal común, y acorde con los modelos actuales de códigos o leyes penales militares de los países de nuestro ámbito sociocultural. El proyectado texto legal se divide en dos libros, el primero dedicado a las disposiciones generales y el segundo a tipificar los delitos con el esta- 93 su reconocimiento constitucional. modelo organizativo y de despliegue territorial de la fuerza. multinacionales o en organizaciones supranacionales. aceptación. II. LA PARTE GENERAL Revista Española de Derecho Militar. Núm. 100, enero-diciembre 2013


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