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Revista de Historia Militar 118

128 ESTEBAN MIRA CABALLOS un sistema de flotas Reales, sin embargo todas ellas fueron rechazadas por las autoridades que tenían razonadas sospechas para dudar de su viabilidad táctica y económica59. bien explícito en la disposición de 1564, por el riesgo que corrían las naos En la navegación con América se usaría el sistema de flotas, también pensado para defenderse mejor de los corsarios. Tras una primera etapa, entre 1492 y 1503 en la que no se exigía la navegación en convoy, encontramos un segundo ciclo que abarcaría desde 1504 a 1560 en la que el sistema fue mixto, registro suelto-flota, dependiendo de la presencia o no de corsarios. Finalmente, desde 1561, y pese a la oposición de algunos que pensaban que era preferible proteger las áreas de partida y de regreso, manteniendo el registro suelto, se implantó de forma definitiva el sistema de flotas60. Efectivamente, por Real Cédula del 16 de julio de 1561 se prohibió toda navegación al margen de las flotas que además serían dos anuales: la de Nueva España que partiría en enero y la de Tierra Firme que lo haría en agosto61. Poco tiempo después, y concretamente el 18 de octubre de 1564, se terminó de perfilar el sistema: la primera flota zarparía, finalmente, en abril y estaría integrada por los buques que se dirigían a Veracruz, Honduras y las islas antillanas, mientras que la segunda mantendría su fecha de salida en el mes de agosto y estaría formada por los buques que se dirigían a Panamá, Cartagena, Santa Marta y otros puertos de la costa norte62. El motivo por el que se restringía la navegación exclusivamente a las dos flotas anuales quedaba que iban y venían solas a las nuestras Indias...63 El sistema naval español tuvo una grave deficiencia largamente resaltada por la historiografía, es decir, el alto grado de improvisación. Sin embargo, mucho menos se ha destacado su gran virtud que no era otra que su gran versatilidad. Y en este sentido aludir a la fluida interrelación que existió 59 No obstante, en la flota de Tierra Firme del general Diego Flores de Valdés de 1567, la Corona debió en concepto del dos por ciento de avería nada menos que diez mil ducados. Aun así, la cifra era más reducida que si hubiera tenido que financiar personalmente toda la defensa. 60 O`DONNELL Y DUQUE DE ESTRADA, Hugo: “Defensa militar de los reinos de Indias. Función militar de las flotas de Indias”, en Historia Militar de España (Hugo O’ Donnell, dir.), T. III, vol. I. Madrid, Ministerio de Defensa, 2012, p. 88. 61 VEITIA LINAJE, José: Norte de la Contratación de las Indias Occidentales. Madrid, 1981, Lib. II, Cap. VI, pág. 2. Véase también GARCÍA-BAQUERO GONZÁLEZ, Antonio: La Carrera de Indias: suma de la contratación y océano de negocios. Sevilla, Algaida Editores, 1992, pág. 90. El documento original se encuentra en AGI, Indiferente General 1966, ff. 35v-37v. 62 Real Cédula dada en Aranjuez, el 18 de octubre de 1564. ENCINA: Ob. Cit. , T. IV, pp. 127130. También en HARING, Clarence H.: Comercio y navegación entre España y las Indias. México, Fondo de Cultura Económica, 1979, págs. 258-259, y en GARCÍA-BAQUERO: Ob. Cit. , p. 90. 63 ENCINA: Ob. Cit. , T. IV, pp. 127-130. Revista de Historia Militar, 118 (2015), pp. 128-146. ISSN: 0482-5748


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