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Revista de Historia Militar 118

196 JOSÉ LUIS VEGA ALBA Los restantes artículos, hasta siete, dictaban otras normas, y especificaba, el sexto, que los infracciones de atentados contra las vías de comunicación y telegráficas, las noticias falsas, etc.24 serían considerados delitos contra el orden público. Poco más de un mes después, el 14 de julio, el Gobierno suspendía las garantías constitucionales, y en el preámbulo del decreto hacía mención expresa a la posibilidad de que la flota norteamericana podría traer el daño y la destrucción a las poblaciones de las islas adyacentes y de ambos litorales de la Península25. Las baterías de Gran Canaria, aunque incompletas todavía, estaban montadas a mediados de mayo y proporcionaban cierta seguridad y confianza en la capacidad de rechazar un ataque naval. Ataque posible, se estimaba, en caso de extensión de las actividades norteamericanas hacia las costas peninsulares, las de los archipiélagos y a la ciudad de Ceuta, como medio de forzar a las autoridades españolas a sentarse en la mesa de negociaciones. El despliegue artillero en esa isla estaba completado a mediados del mes de agosto, concretamente, el 1226. Por entonces, los trabajos en Santa Cruz iban retrasados debido a las dificultades que presentaba el terreno a las obras de fortificación y a los asentamientos de las baterías. El capitán general decidió montar en Almeyda las piezas destinadas a la batería de la playa del Bufadero, porque, emplazadas en el fuerte, estimaba, podrían entrar en servicio con rapidez27. Era la condición impuesta por el ministro de la Guerra en el telegrama en que accedía al cambio para las piezas de 24 cm: «si con ello se ganaba tiempo», a la vez que señalaba que se «enviarían la setenta y cinco mil pesetas solicitadas a Hacienda cuando fuesen concedidas»28. Los desastres navales, ya conocidos, elevaron la tensión y aceleraron las obras, posiblemente incrementadas por los rumores sobre acciones de potencias europeas en los archipiélagos 24 AIMC. Tenerife. Planera A-2, documento nº 56. 25 Colección legislativa de España (C.L.E.). El general Montero publicó un bando el 16 de julio, en el que especifica (art.2º): «Las facultades extraordinarias que la misma otorga a los funcionarios civiles en los artículos 3º al 9º serán ejercidas por mi autoridad, con arreglo a lo establecido en el artículo 31 de la citada ley». 26 DÍAZ y RODRÍGUEZ, Manuel: Defensa, op. cit., p. 29. Cifra en 43 las piezas adicionales montadas. 27 AGMS. Sección 3ª, división 3ª, legajo nº 28. Informes de la Junta Consultiva de Guerra, de la sección de Ingenieros, sección de Artillería y telegramas entre el ministerio de la Guerra y el capitán general sobre el emplazamiento de las piezas de 24 cm. 28 Ibídem, sección 3ª, división 3ª, legajo nº 28. Telegrama de 10 de mayo del Mº de la Guerra en el que autorizaba el cambio de piezas de El Bufadero a Almeyda. El general Montero había solicitado piezas del mismo calibre el 24 de marzo, y preguntaba si podían montarse en Almeyda, donde se colocarían con más facilidad. La batería de Bufadero, por diversas razones, no llegaría a ser dotada de artillería hasta el año 1914. Revista de Historia Militar, 118 (2015), pp. 196-220. ISSN: 0482-5748


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