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La muerte del ornitorrinco: un paso atrás en el cumplimiento del Derecho… mecanismos jurídicos previstos para su aplicación. Para responder a este interrogante, diremos que existen los siguientes mecanismos para salva-guardar En efecto, las Altas Partes Contratantes se comprometen20 no solo a respetarlos, sino a hacerlos respetar en cualquier circunstancia (art.1 co-mún a los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y Protocolo Adicional I de 1977). Asumen así, los Estados, la responsabilidad colectiva de procurar que las normas sean respetadas por los otros Estados parte en un conflicto armado. Se trata de una obligación doble (respetar y hacer respetar), uni-versal (la inmensa mayoría de los Estados son partes en los Convenios de DIH y todos en los Convenios de Ginebra de 1949) e incondicional (no sujeta a reciprocidad). La Potencia Protectora es un Estado neutral que, designado por un Es-tado que participa en un conflicto armado y aceptado por la parte adversa, está dispuesto a salvaguardar los derechos de las víctimas del conflicto, particularmente de los prisioneros de guerra y de los internados civiles del Estado que representa. El Comité Internacional de Cruz Roja es el sustituto de la Potencia Pro-tectora21, cuando no se llega a un acuerdo entre las partes para nombrarla y en síntesis realiza los siguientes cometidos en caso de conflicto armado: 1. Propicia acuerdos sobre treguas, zonas sanitarias y de seguridad, zonas neutralizadas y zonas desmilitarizadas. 20  Boisson de Chazournes, L. y Condorelli, L., «Nueva interpretación del artículo 1 común a los Convenios de Ginebra: Protección de los intereses colectivos», en Revista Internacional de la Cruz Roja nº 153, marzo 2000, pp. 43 y ss. 21  J. Cáceres Brun, «El sistema de eficacia del Derecho Internacional Humanitario», en 173 los derechos de las víctimas: 1. La responsabilidad primera y colectiva de los Estados 2. La institución de la Potencia Protectora 3. La labor del Comité Internacional de la Cruz Roja Derecho Internacional Humanitario, ob. cit. pp. 936 y 937. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 104, julio-diciembre 2015


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