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José Luis Rodríguez-Villasante y Prieto 4. La intervención de la Organización de las Naciones Unidas las Naciones Unidas en el desarrollo del DIH (Resolución 2.444/1968), del Consejo de Seguridad en la prevención y humanización de la guerra e injerencia humanitaria, así como la del secretario general ante las par-tes 174 2. Proporciona atención a los heridos, enfermos y náufragos, aporta cirugía de guerra, hospitales de campaña y fabrica prótesis para los mutilados. Ayuda con la asistencia sanitaria que necesitan las vícti-mas de la guerra. 3. Visita a prisioneros de guerra, realiza canje de prisioneros y visita a internados civiles o detenidos de seguridad. 4. Facilita la reunión de familias dispersas y búsqueda de des-aparecidos a través de la Agencia Central de Búsquedas. La Agencia Central de Búsquedas o Agencia Central de Informa-ción informa a los familiares sobre la suerte de un militar pri-sionero, de un internado civil, de las personas desplazadas o detenidas. 5. Aporta asistencia humanitaria proporcionando bienes indispensa-bles para la supervivencia de la población civil, alimentos, ropa, medicinas o campamentos de refugio. Asistencia agrícola y vete-rinaria. 6. Colabora en la reparación o construcción de conducciones de agua y suministro de agua potable. 7. Organiza expediciones de socorro para acceder a las víctimas aisla-das y necesitadas de recibir la ayuda internacional. 8. Procura atención especial a los refugiados y a las personas despla-zadas en su propio país. 9. Ejerce el llamado «derecho de iniciativa», consistente en proponer a las partes en conflicto que el CICR realice otras funciones huma-nitarias en conflictos armados internos, sin que se considere esta propuesta injerencia en los asuntos internos. No es, desde luego, desdeñable el papel de la Asamblea General de en conflictos para recordarles la necesidad de observar las normas Revista Española de Derecho Militar. Núm. 104, julio-diciembre 2015 del DIH. Conforme al artículo 89 del Protocolo Adicional I, en los casos de vio-laciones graves de las normas de DIH, las Altas Partes Contratantes se comprometen a actuar en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas y conforme a la Carta.


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