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La neutralidad política del militar español desde una perspectiva… de su régimen jurídico también se estipula como falta grave y/o muy grave.105 El régimen jurídico de los derechos políticos de los militares españoles sigue siendo, a la luz de su nuevo marco regulador, sumamente restrictivo. Lo que ha venido obteniendo el plácet debido a la necesidad de salvaguar-dar los principios básicos que estructuran las FAS –jerarquía, disciplina, unidad, y eficacia–, también opera respecto a la neutralidad política, extre-mo que la LODDMFAS apuntala y la LORDFAS rubrica. Limitar tales derechos en aras de garantizar la imparcialidad del mi-litar es una técnica ampliamente difundida en otras latitudes que no solo cabe en el marco jurídico de nuestras obligaciones internacionales, sino que cuando las altas jurisdicciones han tenido que conocer de litigios re-lacionados con la misma han aceptado, directa e indirectamente su legiti-midad. En suma, no parece que se cuestione seriamente lo necesario de la neutralidad política del militar en activo, ni desde el punto de vista político, ni social, ni jurídico. Justo por todo ello, conviene dedicarle algunos esfuerzos adicionales a la causa para intentar acotar qué exigencias reales plantea. Desde aquí solo se ha pretendido apuntar algunas razones que conducen a pensar que el diagnóstico no es desacertado. A partir de ahí, se abren posibilidades sugerentes que, a través de la interacción de los diferentes actores en liza, ayudarán a pulir el status jurídico-político de los miembros de nuestras FAS. A buen seguro que el esfuerzo merecerá la pena para el ordenamiento constitucional en conjunto. 7. BIBLIOGRAFÍA Álvarez García, V; El concepto de necesidad en Derecho público, Ci-vitas, Aznar Fernández-Montesinos, F; «Militares en la España de hoy», Cla-ves 105  Artículo 7.36: «Será falta grave (…): la inexactitud en el cumplimiento de las normas y procedimientos que regulan el ejercicio del derecho de sufragio activo». Artículo 8.15: «Será falta grave (…) el incumplimiento de las normas y procedimientos que regulan el ejercicio del derecho de sufragio activo». 61 6. CONCLUSIONES Madrid, 1996. de Razón Práctica, nº 229, 2013. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 104, julio-diciembre 2015


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