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Jacobo López Barja de Quiroga 1.3 La teoría de la imputación objetiva 1.3.1 La creación de un riesgo ser examinado es la creación de un peligro jurídicamente desaprobado, esto es, que supere el límite del riesgo permitido. 1.3.1.1 El límite del riesgo permitido se podrá considerar jurídicamente desaprobado. En otras palabras, la acción ha de ser jurídicamente desaprobada; esto implica que tal acción ha de crear un peligro que supere el límite del riesgo permitido; y, para saber cuándo se ha superado dicho límite, la circunstancia más importante supone exa-minar comparar el límite de riesgo que permite la norma de cuidado con el riesgo creado por la acción realizada por el autor. Esto supone una comparación de riesgos y estos dependen de las acciones realizadas o debido realizar. tomar en consideración un baremo general o un baremo individualizado. los elementos del delito imprudente: la infracción del deber de cuidado28. considera ni necesario ni conveniente este elemento. Jakobs29 se refiere a la «supuesta existencia de un deber de cuidado o de una infracción de cuidado»; añade que lo que al respecto suele mantenerse es falso desde la lógica de la norma (normlogisch falsch), pues se afirma que el delito imprudente consiste en la omisión del cuidado debido, lo que conduce a in-terpretar es que el delito imprudente no es que al autor se le impute el haber omitido algo, sino que lo que se le reprocha es haber generado un peligro. En otras palabras, se le desvalora el no haber omitido una acción descuidada30. Y, unsorgfältiges Handeln zu lassen». En ese sentido, ya Jakobs, Studien zum fahrlässigen Erfolgsdelikt, 1972, págs. 67 y ss. 86 Conforme a la doctrina de la imputación objetiva lo primero que debe El peligro creado ha de superar el límite del riesgo permitido, pues así si tal acción constituye una infracción del deber de cuidado. Es decir, La tipicidad exige comparar la acción realizada con la que le era exigi-ble en la situación concreta; y, para llevar a cabo tal comparación podemos Aquí se encuentra una de las cuestiones más polémicas en relación a En la actualidad, una parte de la doctrina, como Jakobs o Roxin, no el delito imprudente como un delito de omisión; cuando lo cierto 28  Véase, al respecto, Corcoy Bidasolo, El delito imprudente …, cit., págs. 43 y ss. 29  Jakobs, Strafrecht AT, 9/2, pág. 319. 30  «Der Täter hat beim Begehungsdelikt nicht sorgfältig zu handeln, sondern Revista Española de Derecho Militar. Núm. 104, julio-diciembre 2015


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