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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 106

José Ramón Suberviola Gilabert término en la compleja y delicada ecuación que regula las relaciones entre el derecho y el uso de la fuerza, del que la doctrina crecientemente se viene haciendo eco. Se trata de una expresión a la que, a falta de una traducción asentada en español, preventivamente se viene denominando lawfare. Se trata de un concepto que va un paso más allá del ius ad bellum y el ius in bello. Su ámbito no es el de la regulación de las hostilidades, ni cómo o cuándo puede apreciarse licitud en el uso de la fuerza o las restriccio-nes sobre la misma. La formulación de esta doctrina, si es que acaso pue-de recibir ese nombre, se basa en la utilización del derecho, en todas sus vertientes, como herramienta, como un elemento más del que las Fuerzas Armadas pueden valerse para la consecución de los cometidos que tienen encomendados. un juego de palabras para definir un concepto nuevo, en este caso entre law, ley (derecho en el sentido más amplio de la palabra), y warfare, guerra (la acción del desempeño de actividades militares de combate). La expre-sión Fuerza Aérea estadounidense quien, siendo coronel, en una conferencia en la Universidad de Harvard en noviembre de 2001 lo definió en aquel mo-mento A través de escritos posteriores el autor ha ido modulando y matizando su propia definición hasta dejarla establecida en los siguientes términos: «Lawfare se puede definir como la estrategia del uso (incluyendo el mal uso) del derecho como sustituto de medios militares tradicionales para al-canzar con anterioridad3, el término se popularizó en el entorno académico a raíz de las aportaciones de este autor, quien desde el principio ha venido soste-niendo sencillo y fácil de recordar, neutro y sin connotaciones, que permitiera al personal militar concienciarse de la necesidad de incorporar el derecho, in 21st Century Conflicts» (29 de noviembre de 2001). en SMITH, M. y CROSSELY, D. (eds.), The Way Out – Radical Alternatives in Australia. Lansdowne, Melbourne, 1975. 190 Sin embargo, desde hace unos años se viene introduciendo un nuevo El término sigue la estela tan propia del mundo anglosajón de formular se debe al General de División Charles J. Dunlap, asesor Jurídico de la simplemente como «el uso del derecho como un arma de guerra1». un objetivo operacional2». Aunque la expresión lawfare ya había sido empleada en alguna ocasión que su intención original era simplemente la de acuñar un término 1  DUNLAP, C. J., «Law and Military Interventions: Preserving Humanitarian Values 2  DUNLAP, C. J., «Lawfare today: A perspective». Yale Journal of International Af-fairs, núm. 3, invierno 2008, pp. 146-154, p. 146. 3  CARLSON, J. y YEOMANS, N., «Whither Goes the Law – Humanity or Barbarity», Revista Española de Derecho Militar. Núm. 106, julio-diciembre 2016


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