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RHM EXTRA 1 2017

ANEXOS 301 aceptar de ser nuestros Capitanes de la dicha infantería, y por la dicha razón han de haber al susodicho precio, como el dicho Marqués lo ordenare y mandare, habiendo consideración a la calidad y méritos de cada uno dellos. La infantería española del tercio de Nápoles y Sicilia, que reside en el dicho nuestro ejército, está pagada hasta en fin del mes de setiembre próximo pasado de este presente año, y la del tercio de Lombardía hasta mediado del mes de octubre de este dicho año, y los del tercio de Málaga que quedaron en Niza, y la compañía de Jaén que sirve en el dicho nuestro ejército, hasta los 25 del dicho mes de octubre. La infantería italiana de las diez compañías que se rescibieron a nuestro sueldo en Arbenga de la infantería italiana que sirvió en el ejército con que entramos en Francia, está pagada hasta mediado el mes de octubre, y para lo que se les deberá desde aquel tiempo hasta ahora, el dicho Marqués les ha hecho dar cuatro mil escudos de socorro de los dineros que enviamos con el Capitán Morales a la otra infantería italiana que estaba sobre Turín con Gutiérrez López de Padilla, y ahora está a nuestro sueldo y servicio en el dicho nuestro ejército con el dicho nuestro Capitán General, y la otra infantería italiana que era a cargo del Coronel Escalenga está pagada hasta en fin del dicho mes de octubre. La infantería alemana del dicho nuestro ejército está pagada hasta los siete de noviembre por todo el día con los salarios y ventajas de sus capitanes y de otros Oficiales y Gentileshombres della, según parece por las relaciones que el dicho Marqués nos ha dado, la cual dicha infantería alemana, y su Coronel y Capitanes y Oficiales y ventajas dellos, Gentileshombres que nos sirven en la dicha infantería, han de ser pagados a los precios y de la manera que en ellos está acordado por el asiento que con ellos se tomó por el dicho Marqués nuestro Capitán General en nuestro nombre, cuando hicieren últimamente el juramento y solemnidad acostumbrada de nos servir en el dicho ejército el tiempo de cuatro meses. La infantería española, las compañías de Domingo de Arriaran, y Antonio de Cisneros, y Gregario de Lezcano, y Alonso de Hermosilla, y Pedro de Jaén, que sirve en el dicho nuestro ejército y la compañía de Juan de Bocanegra que está en Niza, han de ser arcabuceros, y pagados los soldados dellas por arcabuceros como hasta aquí, salvo si el dicho Marqués ordenare y mandare otra cosa habiendo consideración a las empresas y disposiciones de los lugares y tierras, y la necesidad de la guerra donde se ofrezca, y los buenos efectos que con el dicho nuestro ejército se han de hacer, porque en tal caso podrá abajar y disminuir el número de los dichos arcabuceros, como vieren que convenga a nuestro servicio y al bien delos negocios, y lo que ordenare y mandare se ha de cumplir y pagar por los dichos nuestro Veedor, Contador y Pagador en la dicha infantería española ha de haber al presente cuatro Maestres de campo, los dos dellos que son Don Gerónimo de Mendoza y Álvaro de Grado, ton la infantería que hay en el dicho nuestro ejército, con el dicho Marqués y el Capitán Arce en lugar de Rodrigo de Ripalda, y el otro que es Juan de Vargas, que es con los dos mil infantes que están en Niza, y cada uno de los dichos Maestres de campo ha de haber cada mes de sueldo cuarenta escudos, demás de otros cuarenta escudos que les han de pagar por Capitanes, porque tienen sus compañías en la dicha nuestra infantería española, a los veinte y cinco dellos de su salario con el dicho cargo de Maestre de campo, y los quince escudos por las ventajas de los Alguaciles, y un atambor general y un verdugo y un carzo, o que cada uno dellos ha de tener para el servicio del dicho cargo. −− Ítem: en la dicha infantería española ha de haber dos Sargentos mayores, que son Cristóbal de Arias y Joan Navarro, como hasta ahora lo han sido, o los que el dicho Marqués nombrare y eligiere para ello que sean hábiles y suficientes para los dichos cargos, y cada uno dellos ha de haber veinte escudos al mes como de suso está declarado.


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