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Alfonso Barrada Ferreirós casos, los hechos deberían incardinarse, bien en el maltrato de obra del artículo 99 de aquel código —para los supuestos de agresiones o abusos sexuales—, bien en los actos con tendencia al maltrato de obra o en las amenazas y coacciones de los artículos 99 y 100 —para los supuestos de acosos sexuales—; y dejando siempre abierta la posibilidad de ter-minar por virtud de la regla del artículo 12.1 de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar. veremos, ha cambiado radicalmente el panorama, tipificando expresamen-te conductas contrarias a la libertad sexual entre las susceptibles de integrar los delitos de insulto a superior y abuso de autoridad y ha creado incluso un tipo de nuevo cuño para castigar los supuestos en los que tales conductas se dan entre militares del mismo empleo. 3.  LOS NUEVOS TIPOS PENALES que se incardinan los preceptos de los que nos vamos a ocupar en este tra-bajo: el mismo esquema que contenía el título V del código de 1985 —sedición, insulto a superior, desobediencia y abuso de autoridad—, y el título III, de nuevo cuño, que castiga los supuestos en los que las conductas lesivas equivalentes se producen entre militares del mismo empleo entre quienes no media una relación jerárquica de subordinación. corresponda por...», sí describen conductas que atentan contra la libertad sexual. libertad o indemnidad sexuales, será castigado con la pena de seis meses a cinco años de prisión, pudiendo imponerse, además, la pena de pérdida de 104 castigando por los correspondientes artículos del Código Penal La promulgación del nuevo Código Penal Militar de 2015, como ahora Dos son los títulos del libro II del nuevo Código Penal Militar en los el título II, que castiga los delitos contra la disciplina, reproduciendo Para dotar de coherencia a este trabajo, transcribimos a continuación los ar-tículos concretos de esos títulos que serán objeto de comentario junto con aque-llos otros que, pese a no contener la fórmula del «sin perjuicio de la pena que Título II. Delitos contra la disciplina ... Capítulo II. Insubordinación Sección 1.ª Insulto a superior Artículo 42. 1. El militar que maltratare de obra a un superior o atentare contra su Revista Española de Derecho Militar. Núm. 107, enero-junio 2017


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