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Atentados contra la libertad sexual en el Código Penal Militar de 2015: cuestiones... gridad física, salud, libertad sexual o bienes de la víctima o de un tercero, se castigarán los hechos separadamente con la pena que les corresponda por los delitos cometidos, excepto cuando aquél ya se halle especialmente castigado por la ley. «En definitiva, el concurso real es consecuencia de lo dispuesto en «El art. 173 establece, en el tipo de la habitual violencia física, la existencia de concurso entre ese delito y los eventualmente cometidos por el uso de la violencia. Idéntica solución exige el supuesto del trato denigrante. De manera evidente lo establece el art. 177 del Código Penal. »En la Sentencia n.º 38/2007 ya dijimos: “La integridad moral se configura como una categoría conceptual propia, como un valor de la vida humana independiente del derecho a la vida, a la integridad física, a la libertad en sus diversas manifestaciones o al honor”. »No cabe la menor duda que tanto nuestra Constitución como el Código Penal configuran la integridad moral como una realidad axio-lógica, propia, autónoma e independiente de aquellos derechos, y tan evidente es así que tanto el art. 173 como el art. 177 del Código Penal establecen una regla concursal que obliga a castigar separadamente las lesiones a estos bienes la vida, la integridad física, la libertad de los producidos a la integridad moral. De aquí se deduce también que no todo atentado a la misma, necesariamente, habrá de comportar un aten-tado a los otros bienes jurídicos, siendo posible imaginar la existen-cia de comportamientos típicos que únicamente quiebren la integridad «No se puede olvidar que el artículo 177 del Código Penal dispo-ne que si en los delitos descritos en los artículos precedentes, además del atentado a la integridad moral, se produjere lesión o daño a la 129 Sentencia de 5 de junio de 200335 el art. 177 del Código Penal». Sentencia de 18 de febrero de 200836 moral sin reportar daño alguno a otros bienes personalísimos». Sentencia de 15 de octubre de 201437 35  Ponente Sr. Sánchez Melgar. ECLI: ES:TS:2003:3870. 36  Ponente Sr. Varela Castro. ECLI: ES:TS:2008:1008. 37  Ponente Sr. Granados Pérez. ECLI: ES:TS:2014:4719. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 107, enero-junio 2017


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