Page 293

REVISTA_ESPAOLA_DERECHO_MILITAR_107

Legalidad, legitimidad e impacto humanitario de las armas nucleares en términos de... Y la forma de hacerlo sería la de la implementación del artículo se-ñalado, teniendo en cuenta una dimensión humanitaria del problema; considerar el impacto humanitario del posible uso de las armas nucleares que conllevaría unas «catastróficas consecuencias humanitarias» y un el «incalculable sufrimiento humano»,41y que sirva para su estigmatización definitiva. Ya el día 21 de octubre de 2013, en esa misma consideración, el emba-jador para el desarme de Nueva Zelanda, H. E. Dell Higgie, en nombre de otros 155 Estados, hizo notar, ante las Naciones Unidas, que las catastró-ficas consecuencias de las armas nucleares deben de servir de acicate para el completo desarme42. Debemos, a mayor abundamiento y en ese mismo orden de cosas, re-forzar el papel del TNP, cuya falta de concreción y progreso redunda en falta de credibilidad y sostenibilidad suficiente; nuestro compromiso es hacerlo más general, si cabe, asegurando la aplicación equilibrada de todos y cada uno de sus tres pilares, a saber, la no proliferación, el desarme y la utilización pacífica de la energía nuclear, que ya se protege sin desarrollo real mediante el sistema de salvaguardias previstas en el artículo 3 del TPAN, como derecho inalienable de los Estados a desarrollar la investiga-ción y producción sin ningún género de discriminación, facilitándose, a tal efecto la tecnología necesaria; para ello, se antoja fundamental conseguir reducir el papel de las armas nucleares en las estrategias de seguridad y las armas en sí mismas, alimentados por recortes económicos presupuestarios, adoptar mayores medidas de transparencia, acelerar la entrada en vigor del Tratado para la Prohibición Completa de Ensayos Nucleares, establecer la necesidad de un tratado para la prohibición de material fisible para armas nucleares, y generalizar la extensión del TPAN. Hasta la fecha se han celebrado tres conferencias internacionales rela-tivas al impacto humanitario de las armas nucleares, la de Oslo (Noruega) los días 4 y 5 de marzo de 2013; la de Nayarit (Nuevo Vallarta, México), en fechas 13 y 14 de febrero de 2014; y una tercera que tuvo lugar en Viena los días 8 y 9 de diciembre de 2014. La primera concluyó con las máximas de que no es muy probable que un agente internacional pueda hacer frente a la emergencia humanitaria que se deriva de un evento nuclear y a la atención de los afectados, por los devastadores efectos en los Estados y en las personas. 41  Reuniones del Consejo de Delegados de Sidney (Australia) de 2013 y Turquía de 2017. 42  Intervención del embajador Dell Higgie el 21 de octubre de 2013. UNGA 68: Primer Comité sobre las Consecuencias Humanitarias de las Armas Nucleares. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 107, enero-junio 2017 293


REVISTA_ESPAOLA_DERECHO_MILITAR_107
To see the actual publication please follow the link above