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José Antonio Rodríguez Santisteban 314 Revista Española de Derecho Militar. Núm. 107, enero-junio 2017 1.1.1.4.  Perú En Perú, el derecho penal militar que se encuentra en el Código Penal Militar y Policial del año 201027 es un código penal y procesal militar al desarrollar el Ejército funciones policiales. Se establece la supletoriedad del derecho penal común siempre que lo permita su especial naturaleza28 y no se oponga a los fines y preceptos del Código Penal Militar Policial peruano. Bajo la rúbrica de «Delitos que afectan los bienes destinados al ser-vicio militar policial», se encuentran preceptos que intentan proteger los materiales destinados a la defensa nacional, al servicio, su utilización y la sustracción de los mismos por culpa. El bien jurídico protegido en esos preceptos (art. 133 a 137) está constituido por los bienes destinados al ser-vicio militar policial29. Cualquiera de estos delitos solo puede ser cometido por un militar o un agente de la Policía Nacional peruana en el ejercicio de su función30. El art. 133 castiga con pena privativa de libertad, con la accesoria de inhabilitación31 al militar o policía que indebidamente disponga, destru-ya, deteriore, abandone o pierda armas, municiones, explosivos, vehículos terrestres, navales y aéreos, o parte de ellos, y demás bienes o pertrechos militares o policiales, confiados para el servicio32. Además, se establece la agravante de cometer el delito durante enfrentamiento contra grupo hostil o conflicto armado internacional. El artículo 134 se refiere al delito de apropiación ilegítima de material destinado al servicio, que requiere el empleo de violencia contra la persona o amenazarla con un peligro inminente para su vida o integridad física. Se establecen diferentes agravantes. Una se dará cuando el robo se cometa durante la noche o a mano armada en alguno de los siguientes casos: a) con el concurso de dos o más personas; b) mostrando mandamiento falso de au- 27  Decreto Legislativo núm. 11108, de 1 de septiembre de 2010. 28 Monroy Meze, J. «Contiendas de competencia entre el fuero común y el fuero mili-tar policial». El Jurista Militar Policial 2002, núm. 1, pp. 85 y ss. 29 Lantero Cienfuegos, S. «Prospección del bien jurídico en el delito militar: la defen-sa nacional». El Jurista del Fuero Militar Policial 2015, núm. 6, pp. 71 y ss. 30 Bravo Mexdeo, R. «Aproximación a una noción de Derecho Penal Militar Policial en el Perú». El Jurista Militar Policial 2014, núm. 3, pp. 91 y ss. 31  La pena de inhabilitación se extiende por el mismo tiempo que la pena principal (art. 27). 32 Castillo Zevallos, J.; Galindo Ariza, F. «Delitos de exceso de ejercicio del mando y afectación del material destinado a la defensa nacional competencia del Fuero Militar Policial». El Jurista Militar Policial 2012, núm. 1, pp. 45 y ss.


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