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Revista Historia Militar Extra 1 2018

232 FERNANDO RODAMILANS RAMOS zada sólo podía ser convocada por el Romano Pontífice, y no por un obispo ni arzobispo, ni siquiera por un legado pontificio motu proprio. Ahora bien, a mediados de 1124 el arzobispo Olegario ya había concluido su encargo legatino; de hecho, durante la celebración conciliar de Diego Gelmírez, el prelado tarraconense se hallaría peregrinando en Tierra Santa. A ello habría que añadir que la sede toledana se hallaba vacante desde el fallecimiento de Bernardo de Toledo (†6 de abril de 1124). En definitiva, en enero de 1125 Diego Gelmírez era el único legado apostólico que se hallaba en la Península Ibérica. Por otra parte, el propio texto del compostelano señala que el concilio de 1125 –y, por tanto, la llamada universal a la cruzada en tierras hispanas– había sido celebrado de acuerdo con un decreto o proclamación del Papa Calixto II (“iuxta Domini Papae edictum120”). Cabría la posibilidad de que Diego Gelmírez se estuviera refiriendo a la bula Pastoralis officii de 2 de abril de 1123, por medio de la cual el Papa había promulgado la cruzada hispana y la había puesto bajo la dirección de Olegario de Tarragona. Así entendida, la legación del arzobispo de Tarragona no habría tenido restricción geográfica alguna, sino que habría promovido la cruzada general contra los musulmanes de toda la Península Ibérica. Diego Gelmírez habría recibido sin duda copia de aquella bula de cruzada, y su llamada del concilio de 1125, tal como se ha señalado, habría sido la respuesta a la convocatoria pontificia. Es decir, lejos de excederse en sus prerrogativas, el compostelano se habría hecho eco de la Pastoralis officii y estaría dando altavoz, por medio del concilio legatino, a los requerimientos del Papado. Una explicación alternativa sería que Diego Gelmírez, ante la ausencia de Olegario de Tarragona y con la sede de Toledo todavía vacante, habría aprovechado la ocasión para arrogarse una última vez la condición de legado apostólico de toda España121, trasladando así a su persona la misma dignidad de la que Bernardo de Toledo había disfrutado, precisamente, hasta que el compostelano se interpuso con su imparable ascenso eclesiástico. No hay constancia de que la predicación de la cruzada del compostelano tuviera ningún efecto, y los acontecimientos posteriores parece que 120  El término edictum no es muy habitual para referirse a la documentación pontificia, ya sean decretales o privilegios de cualquier tipo. Parece tener un sentido no sólo de mandato pontificio, sino también de proclamación o anuncio público. 121  Esta es la interpretación más extendida en la historiografía, SUÁREZ, M., CAMPELO, J., Historia Compostelana..., p. 383; FALQUE, E., Historia Compostelana..., p. 453, n. 530; FLETCHER, R. A., The Episcopate..., p. 359; GOÑI GAZTAMBIDE, J., Historia de la Bula...; LÓPEZ FERREIRO, A., Op. cit., T. IV, p. 111. Revista de Historia Militar, I extraordinario de 2018, pp. 232-268. ISSN: 0482-5748


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