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BIP 49 • Para los oficiales del Cuerpo de Infantería de Marina (CIM), se cambia la fórmula de ascenso a TCOL y la ponderación delos conceptos que componen el elemento de «Trayectoria» (T) en los ascensos por clasificación, para contemplar la valoración de Mando de las compañías de fusiles dela BRIMAR, incluidas en la Guía de Mandos. Estas modificaciones se aplicarán cuando todos los oficiales concurrentes a la evaluación hayan tenido la oportunidad de participar en un proceso de selección para Mando. • Para potenciar la trayectoria de Comunicaciones y Sistemas de Información (CIS), se modifica la valoración de determinados destinos de la Jefatura CIS. • Se incluyen dentro del subconcepto T5 de CIM, el desempeño de la función de Capitán de Compañía en determinadas unidades que no tienen la consideración de Mando. • En el empleo de teniente de navío y capitán se establece la incompatibilidad entre la valoración de los subconceptos T4 y T5. • Con respecto a los IPEC a considerar en la evaluación, se dispone que en los casos en que el militar haya realizado un cambio de escala por promoción, no se considerarán los IPEC de la escala de procedencia. • En la valoración de los cursos de perfeccionamiento en los casos de promoción, se establece que sólo se considerarán los cursos militares que hayan sido realizados en la nueva escala y aquellos que sean comunes a ambas escalas. • Se aclaran los siguientes criterios de valoración del T5 y D: Para la valoración del subconcepto T5 es necesario que el destino asignado, en el que se desempeñen las funciones valoradas, esté clasificado como de libre designación (LD) o de concurso de méritos (CM). En los casos de reorganización, o adaptación orgánica, cuando conlleve un cambio en la valoración de un destino (D), se establece el momento de aplicación de la nueva valoración. En el Portal «SEPEC-Documentos», de la página de la Armada de INTRANET, se puede tener acceso a la Instrucción modificada. Se está procediendo a actualizar los expedientes resumidos que se presentan en el mismo Portal, conteniendo los cambios asociados al documento. Desde el 14 de septiembre se puede acceder a dichos expedientes, y, en su caso, utilizar el procedimiento descrito en el mencionado portal para solicitar la corrección de posibles errores. Perfil de carrera. Mando de capitán de corbeta La necesidad de implantar una segunda especialización en el perfil de carrera mediante las Especialidades de Segunda Tramo (E2T) requiere tomar una serie de medidas, relativas a la trayectoria en el empleo de capitán de corbeta, diferenciando de una manera más clara una primera fase operativa que incluye el mando y una segunda parte del empleo orientada a la obtención y desempeño de la E2T. Como consecuencia de ello, es necesario adecuar progresivamente los procesos selectivos para el mando de capitán de corbeta, de tal forma que se asegure el desempeño del mando durante la primera fase operativa del empleo que, en general, comprenderá los tres primeros años de capitán de corbeta. Como consecuencia de la aplicación de los requisitos exigibles para el mando, detallados en el capítulo 4 de la «Guía para los procesos de Asignación de Mandos y Destinos de especialidad responsabilidad de la Armada» (Nov.17), los recientes frentes de ascenso disponen de menos personal con posibilidad de optar al mando, por lo que es posible reducir las oportunidades del mando a dos, y mantener aproximadamente el mismo ratio por frente que ciclos anteriores. De este modo, se permite aumentar la previsibilidad y secuenciar los hitos a realizar por los interesados, una mayor compatibilidad con la ejecución de las E2T (Logística, RRHH, CEMFAS, TCI/CIBER, CSIFAS y Apoyo al Mando: PRL, Estudios Superiores, GIMOE e IH), así como mejorar la planificación y gestión de las vacantes. Por todo ello, en el proceso previo de asignación de mandos para el ciclo 19-20 saldrán 24 mandos/DER para CC, convocando a un total de 76 candidatos de los frentes de ascenso comprendidos entre los frentes 15/16 (a partir del NG 7701) hasta el 18/19 (NG 945, siempre que hayan ascendido a CC durante el ciclo de ascenso 18/19).La asignación seguirá el siguiente proceso: Frentes de ascenso 15/16 y 16/17: serán evaluados por tercera vez y se les podrá asignar como máximo un número de cinco mandos. Frente de ascenso 17/18 con NG anterior al 868: tendrán con la presente asignación su segunda y última oportunidad para optar el mando. Frente de ascenso 17/18 entre el NG 869 y CC que asciendan en el ciclo 18/19: serán evaluados por primera vez y dispondrán de dos oportunidades para la asignación de mando. De ellos, al frente de ascenso 18/19 se le podrá asignar un máximo de 12 mandos.


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