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REVISTA HISTORIA MILITAR 116

EL CUERPO DE CIRUGÍA MILITAR DEL EJÉRCITO A COMIENZOS... 29 bernativa o al cirujano mayor antes de partir a su destino y, además, deberían llevar un ejemplar de las Ordenanzas de 1795.41 Para poder pedir destino a un hospital militar, un cirujano militar debía llevar como mínimo 10 años de servicio y para solicitar el retiro 15 años.42 En lo relativo a uniformidad, los primeros cirujanos en llevar uniforme fueron los de la Armada en 1771, a propuesta de Francisco Canivell,43 mientras que en el Ejército tuvieron que esperar a la Orden de 20 de octubre de 1793, que decretaba cuál debía ser el de los cirujanos en activo y el de los médicos de los hospitales de cam-paña. 44 Finalmente, a los médicos hospitalarios se les concedió el uso de uniforme en 1798.45 Al finalizar la guerra de la Independencia los cirujanos civiles que sirvieron en el Ejército pudieron solicitar el fuero militar, el uso de uniforme de segundo ayudante de cirugía y una pensión económica en premio a los servicios prestados, dado que en aquel momento era un honor poder vestir el uniforme.46 La andadura de este nuevo cuerpo de cirujanos no fue fácil ni sencilla. Costó mucho que calara en el Ejército y en la Armada, que los cirujanos ya no eran barberos-sangradores sin preparación, enfrentándose constante-mente al menosprecio con el que los trataban los oficiales, por no ser no-bles, cuestión que se ha mantenido durante años. El cobro inadecuado de su sueldo creó problemas, por lo que la Junta Gubernativa de Cirugía Militar tuvo que resolver infinidad de dudas y quejas, por ejemplo, aclarar constan-temente que a los cirujanos mayores destinados en las Guardias les corres-pondían «los utensilios» de capitán, mientras que para el resto de cirujanos eran los de teniente, con sus correspondientes sueldos.47 También hubo que recordar continuamente, que los cirujanos de regimiento tenían el tratamien-to de don de palabra y por escrito, específico de los oficiales o de quien hubiera acreditado nobleza y, además, la Junta insistía en que debían portar espadín y hebillas de metal blanco «arreglando la Plana Mayor su hechura a 41  En 1799 se ordenó que la caja de instrumentos de los cirujanos de regimiento debía ser revi-sada una vez al año por el jefe de cuerpo para evitar que se deshicieran de la misma una vez Revista de Historia Militar, 116 (2014), pp. 11-72. ISSN: 0482-5748 presentada al incorporarse. 42  El retirado tenía derecho a doce pagas anuales durante el resto de su vida, debiendo justificar cada tres meses que vivía, mediante una certificación de la Justicia o alcalde del pueblo de residencia, firmada también por el cura párroco, remitiéndola a la Contaduría del Ejército donde se formara su asiento. 43  Martín Carranza, B.: op. cit., pág. LXX. 44  Montserrat Figueras, S.: op. cit., pág. 308. 45  Archivo General de Simancas. SGU, leg. 6.817, 3. Se conservan varios memoriales de ciruja-nos exigiendo sus derechos, como, por ejemplo, los de la provincia de Buenos Aires, que en 1799 solicitaban que se les incluyera en las ordenanzas de los Ejércitos y el uso de uniforme. 46  Real Orden Circular de 19-VI-1815. 47  Reglamentos de 11-X-1723 y de 4-XI-1758.


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