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REVISTA HISTORIA MILITAR 116

308 JESÚS RUIZ DE GORDEJUELA URQUIJO car que ofrecía me produjo después en venta más de cien mil pesos de ventaja respecto de los precios a que lo daba con la otra inestimable de recibir en contado todo el valor. Y en fin, en 23 de marzo de este año, hice otro préstamo de 15.000 pesos». La Regencia supo agradecer su distinguida acción y valoró sincera-mente su lealtad. El virrey Francisco Javier Venegas le comunicó que traía para él la gracia de un título de Castilla «deseando premiar dignamente los relevantes méritos y los señalados y extraordinarios servicios que ha hecho en todos los tiempos los fidelísimos habitantes de la Nueva España, y parti-cularmente los prestados desde nuestra gloriosa revolución por don Gabriel de Yermo».44 Sin embargo, en palabras de Lucas Alamán, Yermo no quiso admitir el título, tanto por sostener que no había sido guiado en sus procedimientos por interés alguno, cuanto por no perjudicar a sus hijos al tener que desembolsar al menos los 100.000 pesos que costaba adquirir un mayorazgo a favor de su pri-mogénito. 45 Es cierto que fundar un vínculo sobre sus propiedades provocaría un detrimento para su numerosa prole, pero hay datos suficientes para demos-trar que la economía de Yermo no pasaba por un mal momento, de hecho, tal y como hemos escrito anteriormente, entregó importantes préstamos a la Coro-na hasta la fecha de su muerte en 1813.46 Juanmartiñena sostiene que Gabriel de Yermo no aceptó el título de Castilla «porque nunca apeteció más lustre o condecoración que su cuna de nobleza ejecutoriada, y sus propias acciones».47 Posteriormente el 6 de junio de 1816, por real despacho, José María de Yermo, —primogénito de Gabriel Joaquín— recibió la gracia de Caballero Comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica: «Por cuanto atendiendo al mérito y circunstancias que concurren en vos don José María de Yermo, hijo primogénito de don Gabriel ya difunto, vecino que fue de México, y particularmente a los patrióticos esfuerzos que este hizo para impedir la independencia de la Nueva 44  AGI, México, 2.345. «Gracias concedidas por el Consejo de Regencia de España a varios in-dividuos de México». Cádiz, 4 de junio de 1810. Nicolás María de Sierra. Tb. en Hernández y Dávalos, J. E.: op. cit., n.º 23. 45  Alamán, L.: op. cit., vol. I, pág. 220. 46  Ibíd. Apéndices, pág. 48, en palabras del mismo Gabriel de Yermo, estos gastos superaron los 340.000 pesos. 47  Carrandi, F. A.: «Un vizcaíno ilustre desconocido en Vizcaya. El encartado D. Gabriel de Yer-mo », en Zumárraga, vol. v, 1956, págs. 127-140. En la hidalguía que litigó juntamente con su padre y hermanos en la Real Chancillería de Valladolid obtuvo Real Provisión de nobleza el día 11 de abril de 1778, en la que se les declara por vizcaínos originarios, y como tales deben gozar todos los fueros, exenciones, franquezas y libertades que les corresponden, mandando que se les asiente en las listas y padrones de los nobles hijosdalgo, por ser este estado el que les corresponde por su notoria y acreditada nobleza. Revista de Historia Militar, 116 (2014), pp. 283-314. ISSN: 0482-5748


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