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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 100

Ángel Serrano Barberán seis capitanes como vocales, incluyendo en ese número al vocal ponente (oficial del Cuerpo Jurídico o licenciado en Derecho). Siempre que fuera posible se debía nombrar, además, dos vocales suplentes. En virtud de los Bandos del general, además, en caso de necesidad, los componentes de ambos Consejos de Guerra podían ser de graduaciones inmediatamente inferiores. seguido el procedimiento, pero la autoridad judicial podía decidir que se realizasen en otro lugar distinto por razones de ejemplaridad o cualquier otro motivo. Los Consejos se empezaron a celebrar muy pronto. Ya en Grafenwöhr tuvo lugar el primero de ellos, y también se celebraron durante la marcha hacia el frente, en localidades como Minsk o Witebsk. Su cele-bración siendo invitados a ella expresamente todos los oficiales francos de servicio. Tras la celebración del juicio, en la que tanto el fiscal como el defensor po-dían interrogar a procesado y testigos, el Consejo se reunía en sesión secre-ta para deliberar la sentencia. Durante las deliberaciones, el vocal ponente era el encargado de orientar sobre los aspectos técnico-jurídicos y, una vez tomada la decisión, le correspondía a él la redacción de la sentencia. Como ya hemos mencionado, la sentencia, para ser firme y poder ser ejecutada en caso de condena, debía ser aprobada por el general jefe de la División, previo dictamen de su auditor de Guerra. No nos consta, sin embargo, que se produjese ningún caso de disentimiento entre el general y su auditor ni que el general mostrase su disconformidad con ninguna sentencia. nuevo, los límites de este trabajo no permiten dedicar a ello la atención que se merece, ningún estudio relacionado con la aplicación de la justicia mi-litar campo por la Guardia Civil. La División Azul contó entre sus integrantes con un número de guardias civiles que, a pesar de no ser muy elevado, des-empeñó cuando fue necesario, apoyó a los divisionarios en funciones de combate; sus principales cometidos fueron realizados en el campo de la información y en el de policía militar. En relación con este último aspecto prestó valio-sos en la detención de los presuntos responsables, controlando el movimiento de tropas, asegurando la custodia de detenidos y realizando, cuando fue ne-cesario, veremos más adelante, la Guardia Civil fue pieza esencial, como escolta, 384 Los Consejos de Guerra se debían celebrar en el lugar donde se había se publicaba en la Orden de la Unidad y la audiencia era pública, Los auxiliares de la Justicia: la Guardia Civil. Finalmente y aunque, de en la División puede dejar de lado el importante papel jugado en este un amplio abanico de funciones, todas ellas encaminadas al man-tenimiento del orden y la disciplina dentro de la División. Sin olvidar que, servicios a la justicia, colaborando en la investigación de los delitos y la conducción de los mismos dentro del frente y fuera de él. Como Revista Española de Derecho Militar. Núm. 100, enero-diciembre 2013


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