Page 334

REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 106

Eva María Bru Peral templan tal concepto o no. En lo que ahora importa, es menester saber si asocian a la Medalla de Mutilado una pensión. Es decir, si existe el título en cuya virtud cabe reclamar ahora una determinada percepción. Y aquí sucede que la Sala de Barcelona ya le dijo al Sr. F en sentencia firme que la pensión extraordinaria de retiro que perciben quienes pertenecieron al extinguido Cuerpo de Caballeros Mutilados absorbe las pensiones que por mutilación habían cobrado en los porcentajes individualmente asignados en función del grado de discapacidad apreciado. la sentencia nº 1115, de 28 de octubre de 2013, sí operaban respecto de su pretensión los efectos de cosa juzgada de la anterior de 4 de marzo de 2013 que desestimó su recurso nº 1037/2009. De ahí que no sirva para apoyar su pretensión la jurisprudencia que limita la eficacia de la cosa juzgada en los supuestos de reclamación de abono de cantidades percibi-das en la nómina. Por otra parte, el auto de la Sección Cuarta de la Sala de Barcelo-na que concedió la extensión de efectos sobre la que gira la controversia que se nos ha sometido se apoya en el dictado el 2 de abril de 2014 por la Sección Primera de la Sala de Murcia. Sucede, sin embargo, que he-mos de 2015 (casación 3021/2014), la cual sigue el criterio ya observado por las anteriores de 3 de diciembre (casación 4095/2014) y 1 de diciembre (casación 4096/2014) y por las dos de 25 de noviembre (casación 4088 y 4094/2014), todas de 2015 y que también hemos mantenido en la nº 461/2016, de 29 de febrero. el auto recurrido y denegar la extensión de efectos solicitada por el Sr. F». Amortización de puestos SAN, sección 5.ª, de 14 de octubre de 2015, Recurso: 86/2014, Ponen-te D. José Luis Gil Ibáñez. Se estudia en esta interesante Sentencia la incidencia en las plazas ocu-padas plantilla reglamentaria de oficiales y suboficiales para el periodo 2013- 2017 que supuso una reducción de efectivos, entre ellos el puesto de co-mandante o los invocados en la demanda, como el de interdicción de la arbitrarie- 334 De esta manera cuando el Sr. F reclamó la extensión de los efectos de anulado este último mediante nuestra sentencia de 14 de diciembre Así, pues, debemos acoger el motivo del Abogado del Estado, anular por miembros del Cuerpo Jurídico Militar en la Guardia Civil de la auditor desempañado por el recurrente en la Guardia Civil. La Sala, partiendo de que «los principios de mérito y de capacidad, Revista Española de Derecho Militar. Núm. 106, julio-diciembre 2016


REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 106
To see the actual publication please follow the link above