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Legalidad, legitimidad e impacto humanitario de las armas nucleares en términos de... fe sobre medias eficaces contra la no proliferación y el desarme nuclear, y sobre un tratado de desarme general y completo bajo estricto y eficaz control internacional. En el seno de la opinión, hubo voces en contra de la postura general de la Corte, como la del vicepresidente Schwebel51 del Tribunal, que con-sidera la posición de los países nucleares de privilegio; algunos otros ma-gistrados, como Weeramantry, van incluso más allá, y es muy explícito al exponer que «no puede haber un derecho para los poderosos y otro para los demás. Ningún ordenamiento interno aceptaría un principio de esta índole y menos puede hacerlo un sistema internacional basado en la igualdad».52 De la misma forma se expresa el magistrado Shahabuddeen, señalando que «resulta difícil comprender como lo que es inalienable para algunos Estados es alienable para otros»53. La desigualdad y la discriminación vertidas en los instrumentos nor-mativos internacionales de lucha contra la no proliferación, especialmente el TNP, apoyada en una flexibilidad provocada por la propia norma, no es la mejor respuesta; ello permite a los países potencialmente más fuertes actuar con contundencia contra cualquier amenaza contra su integridad y lo hacen, impunemente, y bajo el argumento de la legítima defensa, con la amenaza de uso de armas nucleares. El TNP que debía ser el eje del mecanismo de la no proliferación, apo-yado en el sistema de salvaguardias del Organismo Internacional de Ener-gía Atómica (OIEA), meramente, ha conseguido un propósito de control o incluso de retraso, pero no de cese efectivo; quizá este paso era necesario, transitoriamente, hacia un desarme nuclear completo que no ha tenido lu-gar. Las potencias nucleares no han resultado comprometidas con las res-ponsabilidades exigidas, ni han renunciado a la doble política ni se han sometido a los controles de salvaguardias voluntarias del OIEA, lo que también redundaría en la reducción de desconfianza para los no nucleares. Se produce, además, ya lo decíamos, un cambio en los aspectos de seguridad internacional, surgiendo nuevas potencias nucleares que rompe-rán el equilibrio, dirigido hacia una inestabilidad cada vez mayor, con el consiguiente riesgo de que los países proliferantes y las organizaciones de carácter terrorista accedan a esa tecnología. 51 Ver su opinión disidente. 52  Apartado 4 de la parte V de su opinión disidente. 53  Parte V de su opinión disidente. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 107, enero-junio 2017 297


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