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Las infracciones contra la Hacienda militar en el derecho comparado El último de los delitos previstos es el de la receptación, cuya conducta típica consiste en el militar que, con el fin de obtener beneficio para sí u otro, compre, reciba o esconda dinero o bienes procedentes de cualquier delito militar o intervenga en la compra u ocultación (art. 237). Es destacable que en todos los delitos se imponga la pena de prisión militar y también108, como pena accesoria la degradación o la rimozione109. En cuanto al régimen disciplinario se incluye en el Código del Orde-namiento Militar, aprobado por el Decreto Legislativo núm. 66, del 15 de marzo de 2010, del que interesan los arts. 1 357 y ss. En ellos se estable-ce una diferenciación entre las sanciones disciplinarias estatutarias y las sanciones disciplinarias de cuerpo, estando incluidas en estas últimas la consigna y la consigna de rigor. El código del ordenamiento militar es un cuerpo amplio, con un total de 2 272 artículos, que establece las infracciones y deberes militares tanto estatutariamente (es decir, genéricamente considerados como miembros de las FAS), como por cuerpos. No es igual ser piloto de avión de combate que intendente, recogiendo a lo largo de su articulado distintas infracciones contra los bienes y recursos materiales de los diferentes institutos armados y de la defensa, destacando lo dispuesto en su libro II, referido a los bienes de la defensa (art. 278 y siguientes). En Suiza rige el CPM de 1927. En este código destaca su rigor técnico, claridad y sujeción al principio de especialidad frente a la ley penal co-mún110 y por ello, advierte Jiménez «ha influido poderosamente en autores El CPM está dividido en tres libros. El primero se refiere al derecho penal militar112, el segundo a las disposiciones relativas a las infracciones disciplinarias113 y el tercero regula la entrada en vigor del CPM y su apli-cación114. Al objeto de este estudio destacan los crímenes o delitos contra 108 Landi, G. Manuale di Diritto e di Procedura Penale Militare. Milan, 1976. 109  Consiste en privar al delincuente de su rango militar, y hacerlo descender a soldado 110  Jiménez y Jiménez, F. Op. cit., p. 142. 111  Ibídem. 112  Art. 1 a 179 CPM. 113  Art. 180 a 214 CPM. 114 Barras, R. «La evolución actual de la justicia militar en Suiza». Recueils de la So-ciendad 337 1.2.2.5. Suiza y legisladores»111. raso o de última clase del Ejército (art. 29, CPMP). de Droit Pénal Militaire et de Droit de la Guerre 1979, VIII, pp. 877 y ss. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 107, enero-junio 2017


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