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José Antonio Rodríguez Santisteban tribuir (art. 73); 4) el disipar, robar, desviar armas, munición, vehículos, dineros, efectos u otros objetos entregados al militar o asimilado para el servicio perteneciente (dichas cosas) a las FAS o al servicio del Estado (art. 74); 5) la apropiación indebida de fondos o el desvío de caudales públicos por parte del jefe de unidad u oficial encargado de las finanzas, al utilizar el dinero dirigido a las retribuciones de los soldados para fines distintos sin la previa autorización del Ministerio de Defensa (art. 75); 6) la persona al servicio de las FAS, el Ministerio de Defensa, de la Policía Nacional congoleña, que por sí misma o por persona interpuesta exija, tome o reciba en su propio interés actos, adjudicaciones a empresa o empresas de las que sea o haya sido administrador o haya formado parte de ella (art. 76); 7) el recibir, exigir u ordenarlo percibir, aunque sea con autorización de la auto-ridad, no era debido (art. 77); 8) la autoridad pública que, bajo la forma que sea y por el motivo que sea, sin que esté avalado por una norma, haya concedido percepción indebida (art. 77). deja la función de militar o asimilado. Los casos que se recogen son: a) supervisar u controlar una empresa privada con la que tuvo relación como militar o asimilado hasta que no pasen cinco años desde el cese en la fun-ción cualquier naturaleza con empresas privadas; c) expresar opiniones (aseso-rar), privada durante los cinco años siguientes al cese en su función como mili-tar o asimilado, o recibir dinero de las empresas citadas (art. 78). 1.3. Sistema de código único o común regímenes comunistas como Corea del Norte. es una de las potencias militares más importantes. Y el de la República Argentina, al ser el último país que se ha incorporado a este sistema. hasta el máximo la legislación penal militar sustantiva, quedando reducida hasta el punto de perder incluso su especialidad o complementariedad ya 340 lo que sabía que legalmente no le correspondía por su exceso o que El código también se refiere a las incompatibilidades una vez que se pública (art. 78); b) realizar en nombre del Estado contrataciones de en materia de contratación con la administración estatal a una empresa Este sistema ha sido el propio de los países del este europeo118, y a En esta sede se hará referencia a dos textos. El de Rusia, debido a que Esta técnica legislativa ofrece el atractivo de la simplificación y depura 118  Albania, Bulgaria, Hungría, Polonia, Rumanía, entre otros. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 107, enero-junio 2017


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