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El principio ne bis in idem. Tratamiento del principio por el Tribunal Europeo de Derechos... Por mi parte, como luego se tendrá oportunidad de ver al examinar las diferentes doctrinas, creo que parece que el principio ne bis in idem tiene también que ver con el principio de legalidad y el de tipicidad, tanto de las infracciones como de las sanciones. O si se prefiere, en palabras de Vervaele2, es un principio de tutela judicial para el ciudadano frente al ius puniendi del Estado y, como tal, forma parte de los principios del debido proceso y del juicio justo. En otras palabras, el ne bis in idem ha devenido un derecho fundamental que protege contra la acumulación de sanciones penales. Como es sabido, dicho principio no viene regulado de manera expresa en la Constitución Española (CE), por lo que es en el ámbito de la Unión Europea (UE) y de los convenios europeos de derechos humanos donde se aborda la cuestión y de donde, me atrevería a decir, bebe el TC y en consecuencia el resto de tribunales españoles para resolver los supuestos de ne bis in idem. El artículo 54 del Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen «Una persona que haya sido juzgada en sentencia firme por una parte contratante no podrá ser perseguida por los mismos hechos por otra parte contratante, siempre que, en caso de condena, se haya ejecu-tado la sanción, se esté ejecutando, o no pueda ejecutarse ya según la legislación de la parte contratante donde haya tenido lugar la condena». Por su parte, el artículo 50 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (CDFUE) señala que: «Nadie podrá ser juzgado o conde-nado penalmente por una infracción respecto de la cual ya haya sido absuelto o condenado en la Unión mediante sentencia penal firme conforme a la ley». 2 VERVAELE, John A.E. «Ne bis in idem, un principio transnacional de rango cons-titucional en la Unión Europea». Barcelona: Indret 2014, n.º 1. En idéntico sentido : LE-LIEUR- FISCHER, J. La regle ne bis in idem. Du principe de l’autorite de la chose jugee au principe d’unicite d’action repressive, eds. París : Universite Pantheon I, Sorbone 2005, pp. 350 a 355. 67 2.  REGULACIÓN LEGAL DEL PRINCIPIO NE BIS IN IDEM 2.1. En el derecho comunitario (CAAS) dice: Revista Española de Derecho Militar. Núm. 107, enero-junio 2017


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