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REVISTA IEEE 3

162 Instituto Español de Estudios Estratégicos (IEEE) Núm. 3 / 2014 permanentes43 ha impedido utilizar la responsabilidad de proteger cuando ha existido una violación grave de los derechos humanos, como en Siria o Birmania. Precisamente, el primero es comentado por el profesor Gutiérrez Espada en su artículo, señalando que existe un conflicto interno en este país, visto como “amenaza para la paz y seguridad internacionales”, en la que hubiera sido acorde a derecho una resolución del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas autorizando una intervención armada para detener los enfrentamientos y proteger a la población ,pero no se ha hecho por el veto de Rusia y China. Como indica Palacián de Inza, la responsabilidad de proteger supone que la comunidad internacional asume la responsabilidad colectiva de proteger a la población si ésta no es asumida por el estado, acabando así con la impunidad que han tenido algunos gobernantes por violar los derechos humanos, amparándose en el principio de soberanía y no injerencia. Pero este concepto puede ser mal utilizado y se enfrenta al obstáculo del derecho de veto44. Por esa razón, se ha planteado actuar a través de la Asamblea General en aquellos supuestos en los que el derecho de veto impide adoptar una resolución ante graves crímenes, como ocurrió en Siria45 tras el veto de China y Rusia. Al respecto, Ban Ki-moon declaró: “Lamento profundamente que el Consejo de Seguridad haya sido incapaz de hablar con una voz clara para acabar con el baño de sangre. No haberlo hecho es desastroso para el pueblo de Siria y ha animado al gobierno de Damasco a intensificar la guerra contra su propio pueblo”. Se señalan intereses estratégicos, militares y comerciales de estas dos potencias con Siria como causas del derecho de veto46, cuestionando de esta manera la responsabilidad de proteger. Si el Consejo hace caso omiso a la obligación de la comunidad internacional de proteger a la población de crímenes terribles, y si el derecho de veto impide que se cumpla con ésta, se está sentando un pobre precedente. Queda claro pues que, de acuerdo con la Carta de Naciones Unidas, es el Consejo 43  El Consejo de Seguridad de Naciones Unidas tiene como responsabilidad principal el mantenimiento de la paz y la seguridad. Está formado por 15 miembros, 10 temporales y 5 permanentes. Son miembros permanentes con derecho de veto China, Francia, Rusia, Reino Unido y Estados Unidos. 44  En 2009 el Secretario General de Naciones Unidas instó a los miembros permanentes del Consejo de Seguridad a abstenerse de ejercer o amenazar con ejercer el derecho de veto cuando sea evidente que no se ha cumplido con la responsabilidad de proteger, pero esta recomendación no se ha implementado. Véase LLANOS MARDONES, H.I.: “La responsabilidad de proteger: el rol de la comunidad internacional…Op. cit., p. 138. 45  PALACIAN DE INZA, B.. Op. cit., p. 3. 46  Ibidem.


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