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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 94

acabar convirtiéndose, pese a las evidentes dificultades existentes, en un referente imprescindible en la materia. El hecho de que se acepten hombres y mujeres en igualdad de condiciones en las Fuerzas Armadas españolas ha hecho imprescindible la existencia de un entramado normativo (como el actualmente vigente en nuestro país), que no sólo posibilite sobre el papel una igualdad formal sino que facilite dicha integración en la práctica. En este sentido se mostró la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva para mujeres y hombres, al tratar de ir más allá del marco legal de referencia mediante la incorporación de medidas tendentes al logro de la igualdad real y efectiva, como necesario complemento material de las normas específicas ya existentes en el plano de la igualdad formal. Y a tal efecto se orientó la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, en cuya exposición de motivos se establece como objetivo la consecución de «la igualdad efectiva de mujeres y hombres en todo lo relacionado con el acceso a las Fuerzas Armadas, su formación y carrera militar». Pero aún más, siendo absolutamente consciente de que sin una adecuada política familiar no es posible la consecución de una igualdad real en ningún plano de nuestra sociedad, la propia Ley de la carrera militar establece como objetivo complementario del anterior «conjugar la disponibilidad permanente para el servicio, específica de los militares con la conciliación de la vida profesional, personal y familiar». Ahora bien, como no podía ser de otra manera, nótese cómo ambos objetivos se hallan dirigidos por igual a hombres y mujeres militares, que no exclusivamente a estas últimas. A tal efecto, el legislador ha trasladado al ámbito castrense las principales instituciones jurídicas presentes en los ámbitos laborales y funcionariales en materia de igualdad y conciliación de la vida personal, familiar y profesional. Traslado que no sólo se ha llevado a cabo en un tiempo record desde un punto de vista estrictamente normativo sino que, en el plano práctico, han tratado de superarse los innumerables obstáculos de todo tipo existentes. Cierto es que, en este último plano, todavía queda mucho por hacer para la consecución de una igualdad real y efectiva que vaya más allá del plano meramente formal; como también queda mucho por hacer para el logro de una satisfactoria conciliación de intereses personales, familiares y profesionales. Ahora bien, los esfuerzos necesarios para la consecución de tales objetivos no distan un ápice, ni muchísimo menos, de los que hay que realizar, día a día, en el ámbito privado de las relaciones laborales  (e, incluso, en el propio ámbito funcionarial). Antes al contrario, dichos objetivos se hallarían mejor garantizados en el ámbito militar que en el ámbito privado en el que, por desgracia, no resultan desconocidas las ac 37


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