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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 98

procedimiento en atención a la naturaleza específica de los hechos denun-ciados. … En consecuencia, una vez comprobado que las resoluciones judiciales que acuerdan el archivo de la causa penal, tanto del Juzgado Togado Mi-litar Central núm. 1 como del Tribunal Militar Central, no obstante espe-cificar los motivos en que basan su decisión no contienen una motivación congruente con el contenido de la denuncia presentada, por no emplear una argumentación axiológica respetuosa con la naturaleza de los derechos fundamentales implicados, y habida cuenta de que por dichos órganos ju-diciales se procede a adoptar esta medida de cierre de la instrucción cuando todavía existían medios razonables y eficaces de investigación a su alcance para confirmar o desmentir la denuncia presentada, susceptibles, por ello, de despejar las dudas persistentes, procede otorgar el amparo por vulnera-ción del derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), en relación con el derecho a la integridad física y moral (art. 15 CE). El restablecimiento de la recurrente en la integridad de su derecho exige la anulación de los Autos recurridos y la retroacción de las actuaciones para que se dispense a la misma la tutela judicial demandada. 306 FALLO En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NA-CIÓN ESPAÑOLA, ha decidido: Otorgar el amparo solicitado por doña J. A. P. y, en consecuencia: 1.º Reconocer que ha sido vulnerado el derecho de la recurrente a la tutela judicial efectiva sin indefensión (art. 24.1 CE), en relación con su derecho a la integridad física y moral (art. 15 CE). 2.º Restablecerla en la integridad de su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad del auto del Juzgado Togado Militar Central núm. 1 de 3 de sep-tiembre de 2008, dictado en las diligencias previas núm. 1-04-2008 y del auto del Tribunal Militar Central de 24 de octubre de 2008, retrotrayendo las actuaciones al momento anterior al dictado del primero de los Autos anulados para que el Juzgado Togado Militar proceda en términos respe-tuosos con los derechos fundamentales vulnerados.


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