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Osuna Esteban L., et. al. nómico, que podría resultar condicionante del mayor desarrollo profesional en unas regiones frente a otras con menos recursos. Si bien este es un aspecto no valorado por este estudio y podría constituir un objeto de investigación de cara al futuro. CONCLUSIONES Las competencias transferidas a las diferentes CC.AA. en materia de gestión sanitaria, han originado el diseño de modelos de carrera profesional muy dispares. Estos patrones, organiza-dos en niveles profesionales que el profesional adquiere certifi-cando sus méritos, valoran de distinta manera el desempeño de las funciones. El tiempo mínimo de servicio preciso para acceder a los sucesivos niveles profesionales oscila de 5 a 6 años. En cuanto a los incentivos económicos previstos para los di-ferentes niveles profesionales por las CC.AA., se ven condicio-nados por la situación económica de estas, existiendo grandes diferencias en sus cuantías. BIBLIOGRAFÍA 1. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. (B.O.E., nº128, 29 mayo 2003). 2. Benner P. From novice to expert. Menlo Park 1984. 3. Alligood MR, Marriner-Tomey A. Modelos y teorias en enfermeria. 7ª ed. Madrid, etc: Elsevier Science; 2010. 4. Ley Foral 8/2008, de 30 de mayo, por la que se establece el sistema de carrera profesional del personal diplomado sanitario del Servicio Navarro de Salud- Osasunbidea. (B.O.N., nº70, 6 junio 2008). 5. Decreto 50/2017, de 20 de diciembre, por el que se regula la carrera horizontal y la evaluación del desempeño del personal funcionario de carrera de Admi-nistración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.(B.O.R., nº146, 21 diciembre 2017). 6. Decreto 117/2006, de 28 de noviembre de 2006, por el que se regula la carrera profesional de licenciados y diplomados sanitarios del SESCAM. (D.O.C.M., nº250, 1 diciembre 2006). 7. Decreto 43/2009, de 2 de julio, por el que se regula la carrera profesional del personal estatutario de los centros e instituciones sanitarias del SACYL. (B.O.C.Y.L., nº125, 3 julio 2009). 8. Decreto 186/2014, de 7 de noviembre, del Consell, por el que se regula el sistema de carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño, del personal funcionario de carrera de la Administración de la Generalitat Valen-ciana. (D.O.C.V., nº7399, 10 noviembre 2014). 9. Decreto 35/2007, de 27 de febrero, por el que se regula el desarrollo profesio-nal de los profesionales sanitarios del grupo profesional B.1. de Osakidetza- Servicio vasco de salud. (B.O.P.V., nº59, 23 marzo 2007) 10. Decreto 129/2006, de 26 de septiembre, por el que se aprueba y desarrolla el modelo de carrera profesional del personal diplomado sanitario del Servicio Canario de la Salud. (B. O.C., nº195, 5 octubre 2006). 11. Decreto 37/2011, de 11 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la carrera horizontal de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias. (B.O.P.A., nº110, 14 mayo 2011) 12. Resolución por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se regula el Sistema de Carrera Profesional del personal sanitario de los sub-grupos A1 y A2 de Instituciones Sanitarias del Servicio Cántabro de Salud, adoptado en el seno de la Mesa Sectorial de Personal de Instituciones Sani-tarias con las organizaciones sindicales con fecha 31 de octubre de 2017 y aprobado por el Consejo de Gobierno con fecha 16 de noviembre de 2017. (B.O.C., nº229, 29 noviembre 2017) 13. Resolución conjunta de 28 de julio de 2006, de la Secretaría General del SERGAS y de la Dirección General de la División de Recursos Humanos 44  Sanid. mil. 2019; 75 (1) y Desarrollo Profesional, por la que se ordena la publicación del acuerdo suscrito por la Administración sanitaria y las organizaciones sindicales, por el que se regula el acceso extraordinario a la carrera profesional del personal diplomado sanitario con vínculo estatutario fijo en las instituciones sanita-rias del SERGAS y las bases de negociación del régimen definitivo de carrera profesional.(D.O.G., nº155, 11 agosto 2006). 14. Resolución de 25 de marzo de 2015, de la Dirección Gerencia del Ser-vicio Aragonés de Salud, relativa al procedimiento ordinario de acceso y cambio de nivel de carrera profesional de licenciados y diplomados sanitarios en el ámbito del Servicio Aragonés de Salud. (B.O.A., nº 62, 31 marzo 2015). 15. Resolución TRI/4240/2006, de 27 de noviembre, por la que se dispone la ins-cripción y la publicación del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad para el período 2007-2010 (D.O.G.C., nº4788, 28 diciembre 2006). 16. Resolución de 3 de marzo de 2008, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que se dispone la publicación del Pacto de 26 de julio de 2007, de la Mesa Sectorial de Ne-gociación de la Sanidad de Andalucía suscrito entre el Servicio Andaluz de Salud y las organizaciones, sobre la definición del modelo de reconocimiento del desarrollo profesional del profesorado con plaza vinculada derivado de la actividad sanitaria realizada en las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud. (B.O.J.A., nº53, 17 marzo 2008). 17. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de abril de 2016 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 17 de marzo de 2016 por el que se aprueba el Texto consolidado de los acuerdos sobre el sistema de promo-ción, desarrollo y carrera profesional del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Illes Balears. (B.O.I.B., nº42, 2 abril 2016). 18. Acuerdo entre la Junta de Extremadura y los sindicatos más representativos en el ámbito de la administración general de la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre los criterios generales de la carrera profesional hori-zontal de los empleados públicos de dicho ámbito. Junta de Extremadura. Consejería de Administración Pública y Hacienda.; 2008. Fecha de acceso: 1 enero 2018 19. Disponible en: 20. http://www.feper.org/media/k2/attachments/acuerdo_firmado_sobre_la_ca-rrera_ profesional.pdf 21. Acuerdo de 5 de diciembre de 2006 alcanzado en la Mesa Sectorial de sani-dad entre la consejería de sanidad y consumo y las organizaciones sindicales presentes en la misma sobre carrera profesional de licenciados sanitarios y diplomados sanitarios. Área de Coordinación Legislativa y Relaciones Insti-tucionales. Subdirección General de Régimen Jurídico y Desarrollo Norma-tivo. Subdirección General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno. Fecha de acceso: 1 enero 2018 22. Disponible en: 23. http://www.madrid.org/wleg_pub/secure/normativas/contenidoNormativa.js f?opcion=VerHtml&nmnorma=6145&cdestado=P#no-back-button 24. Acuerdo de 12 de diciembre de 2006 de la mesa sectorial de sanidad por el que se establecen las bases del sistema de carrera profesional para los médi-cos y otros licenciados sanitarios especialistas y no especialistas; enfermeras y otros diplomados sanitarios; y la promoción profesional para el personal sanitario y del personal no sanitario de los grupos A, B, C, D y E del Servicio Murciano de Salud. Consejería de Sanidad. Región de Murcia. Fecha de acceso: 1 enero 2018 25. Disponible en: http://www.murciasalud.es/recursos/ficheros/93993-acuerdo_ carrera_promocion_profesional.pdf 26. Acuerdo por el que se aprueba el suscrito entre la Administración Sanitaria- INGESA y las Organizaciones Sindicales presentes en la mesa sectorial de sanidad por el que se define e implanta la carrera profesional del personal licenciado y diplomado sanitario que presta sus servicios en el Instituto Na-cional de Gestión Sanitaria y por el que se establece el marco de negociación de la carrera profesional para el resto de los profesionales de los artículos 6.2,b) y 7 del Estatuto Marco (B.O.E. Nº 240, 6 de octubre de 2007) 27. Resolución de 29 de enero de 2007, de la Dirección General de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios, por la que se dispone la publicación del acuerdo por el que se fijan los criterios generales de homolo-gación de los sistemas de carrera profesional del personal de los servicios de salud (B.O.E., nº50, 27 febrero 2007) 28. Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. (B.O.E., nº280, 22 noviembre 2003).


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