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Revista del IEEE 6

201 Javier Pastor Sánchez Procedimiento de estimación del coste del ciclo... dependiendo de la elasticidad de la oferta del mercado. Pero este poder se contrarresta con la fortaleza que tiene el monopolio u oligopolio para manejar la información y el elevado coste de todo tipo que supone el remplazar al suministrador. Este tipo de estructuras de mercado da lugar a comportamientos muy alejados de la competencia perfecta, incidiendo negativamente en las empresas y en los Ministerios de Defensa. Cuando se produce esta escasa o nula competencia en los contratos externos de los sistemas a obtener, se carece de referencias que permitan considerar el precio de un contrato, fijado o que está en proceso de fijarse, como el adecuado,7 es entonces cuando más precisamos de una ayuda que nos permita reproducir el precio que se formaría en un mercado sin estas imperfecciones. En estos casos tan atípicos medir la prestación para fijar un precio es muy complejo, por lo que requiere de técnicas de análisis avanzadas que reproduzcan el precio de adquisición que se formaría en un mercado perfecto. La formación de precios en estos mercados imperfectos y en condiciones de equilibrio parcial es estudiada por la Economía Industrial que analiza las interdependencias de las empresas dentro de los mercados, estudia las condiciones de estos mercados, el comportamiento de las empresas y los resultados económicos. Para corregir estos desequilibrios la economía Industrial recomienda que el estado desarrolle una regulación económica, fomente la política de defensa de la competencia y ejerza política industrial para promover la competitividad del sector. Ejercer la política industrial y fomentar la política de defensa de la competencia se escapan del alcance de este artículo, respecto a la regulación económica que persiga evitar estas ineficiencias, el papel del Estado es establecer una política de precios justa para ambas partes que equilibre estas desigualdades. Esta política es abordada por nuestro regulador en dos normas: 1. Para regular los costes, entre otras medidas, el MINISDEF promulgó las normas sobre los criterios a emplear en el cálculo de costes en determinados contratos de suministros, consultoría y servicios del Ministerio de Defensa (NODECOS);8 respecto al beneficio se está desarrollando una fórmula que recoja los porcentajes que se aplicarán dependiendo de diversos factores como el tipo de contrato, el sector industrial, el riesgo, etc. 7  ARIAS F, PASTOR J. La determinación del precio en ausencia de mercado, Madrid, La Ley. Revista Práctica. Año 9 Nº 89. 2.009. Pág. 7. 8  ESPAÑA. MINISDEF. Orden ministerial 283/1998, de 15 de Octubre. “ Normas sobre los criterios a emplear en el cálculo de costes en determinados contratos de suministros, consultoría y servicios del Ministerio de Defensa” NODECOS. BOD de 21 de octubre de 1998, núm. 212/98 Pág. 35.408. http://revista.ieee.es/index.php/ieee


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