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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 98

hecho típico, con sus decisiones u órdenes hacen que el mismo se lleve a cabo sin ningún obstáculo. Así pues, como se dijo anteriormente la autoría mediata puede lle-varse a cabo a través de un dominio por coacción, por error o, mediante aparatos organizados de poder95. Esta nueva forma de autoría mediata tiene su origen en la obra de Roxin96, quien a causa de la sentencia pro-nunciada en el caso Adolf Eichmann entendió que la autoría mediata no se agotaba exclusivamente con el dominio por coacción o error, sino que existía una tercera forma independiente de autoría mediata, a través de la cual se podía imputar al dirigente de una organización criminal como autor mediato, aun cuando los autores inmediatos fuesen plenamente res-ponsables97. Las figuras clásicas del derecho penal para imputar críme-nes individuales (autor directo, coautor e inductor) no dan una respuesta satisfactoria en relación a la comisión de crímenes internacionales, los cuales, tienen una característica de globalidad que exceden de lo ordina-rio98. En dichos crímenes internacionales intervienen una pluralidad de personas que suelen estar vinculadas de iure o de facto, en síntesis, suele tratarse de una relación vertical y no horizontal. Las antiguas teorías sub-jetivas no pueden servir de base para imputar a título de autor mediato al líder militar o político que dirige un AOP, ya que los inductores también tienen el animus auctoris requerido por tales teorías99. Tenemos que acu-dir a la teoría del dominio del hecho a fin de determinar correctamente quién es la persona que controla la voluntad del ejecutor y, dicha forma de concreción se encuentra en la teoría del dominio del hecho mediante los aparatos organizados de poder. Siguiendo el criterio establecido en la sentencia de fecha 07.04.09 de la Corte Suprema del Perú en el caso Fujimori, los principales requisitos del dominio del hecho mediante AOP son los siguientes: existencia de una estructura jerárquica de la organización, poder de mando del autor media-to, desvinculación de la organización del derecho, fungibilidad del autor 95  Cfr. C. BOLEA BARDÓN: Autoría mediata en derecho…, Op. cit., p. 337 y ss. 96  Cfr. P. FARALDO CABANA: Responsabilidad penal del dirigente en estructuras jerárquicas. La autoría mediata con aparatos organizados de poder, Valencia: Tirant Lo Blanch, 2004 p. 25 y ss. 97  CLAUS ROXIN: Autoría y dominio del hecho…, Op. cit., p. 269; cfr. CLAUS RO-XIN. 2006, El dominio de organización como forma independiente de autoría mediata, en Revista de Estudios de la Justicia n.º 7, 2006 p. 11 a 21. 98 CLAUS ROXIN, Autoría y dominio del hecho…, Op. cit., p. 270. 99  Ibídem, p. 271. 107


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