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conseguido los efectos deseados. En el campo de la rendición de cuentas o de comprobación de los avances, todavía estamos muy lejos. 2. Las resoluciones del consejo de seguridad de las naciones unidas que han marcado distintos hitos en este campo: 1325, (2000), 1820 (2008), 1888 (2009), 1889 (2009) y 1960 (2010) Si bien hasta el año 2000 las resoluciones del Consejo de Seguridad no eran insensibles a las graves violaciones que, durante los conflictos ar-mados se cometían contra las mujeres, lo cierto es que hasta entonces, las referencias se hacían siempre en compañía de otras graves violaciones del Derecho Internacional humanitario hacia los civiles y no había una sola resolución que considerase que estas violaciones graves de los derechos humanos de las mujeres debían considerarse, en cuanto tal, amenazas a la paz y seguridad internacionales. Por otro lado la mujer nunca había sido considerada expresamente como actor de cambio ni como agente de desa-rrollo en las comunidades a las que pertenecía5. La primera resolución que marcará el punto de partida y que servirá de guía para las acciones de los Estados, las organizaciones internacionales e incluso ONG en este campo es la conocidísima resolución 1325 (2000). Las posteriores resoluciones, de hecho, van a ocuparse de aspectos puntua-les 22 que desarrollaran esta primera. 2.1. La Resolución 1325 (2000) y la mujer en el marco de las preocupaciones del Consejo de Seguridad En esta resolución se dibuja un mapa de la situación de la mujer en los conflictos armados que podríamos llamar comprensiva en el sentido de que se ocupa de las situaciones de especial vulnerabilidad en que se encuentran muchas mujeres frente a muchos ataques y situaciones que les impiden el disfrute adecuado de sus derechos humanos; se trata también su posible contribución a la paz y la seguridad internacionales tanto antes como du-rante y después de los conflictos, tanto en beneficio de ellas mismas como de toda su comunidad y tanto para las actuales generaciones como las que vendrán posteriormente. Se pide una mayor representación de las muje- 5 GUY, A. and SIPOWO, T.: «The security Council on women in war: between peace-building and humanitarian protection» CICR, Vol 92, n. 877, 2010, pp. 197 y ss.


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