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182 Revista del Instituto Español de Estudios Estratégicos Núm. 1 / 2013 manera, se pretende incrementar su transparencia y homogeneizarla para un amplio número de países, generando una cobertura geográfica creciente en el tiempo. En su definición, incluye los gastos de funcionamiento generales: los de personal, operaciones y conservación, los gastos derivados de las adquisiciones y construcción y los relativos a la investigación y el desarrollo. Al igual que en la definición del FMI, la de ONU concede gran importancia a los gastos derivados de la ayuda militar al exterior y, lógicamente, a los relativos a las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas. La última de las fuentes internacionales con una definición propia es CEPAL. Si bien esta institución es una comisión regional de las Naciones Unidas, posee su propia definición del gasto en defensa, diferenciándose en este punto de la oficial en la ONU. El objetivo principal de CEPAL al plantear esta definición es mejorar las relaciones de confianza entre los estados de la región y, de nuevo, homogeneizar la medición de los gastos. La perspectiva utilizada incluye tres grupos de gasto –G1, G2 y G3-, cada uno de los cuales ampliando el anterior. Así, en el primero de ellos se recoge el grueso de los gastos en defensa, esto es: se corresponde con los gastos gubernamentales en el conjunto de la administración, y también con la gestión de la defensa militar. En el grupo G2 incluye, además de los gastos de G1, los gastos de personal y retiro militar o previsión social. Por último, el G3 adiciona al anterior los gastos de industria de defensa e investigación y desarrollo; otras actividades productivas; actividades de defensa de otros organismos públicos y la ayuda militar. Excluye explícitamente gastos relativos a seguridad interior, al igual que el FMI, centrándose en los concernientes a las “fuerzas armadas”, como forma de discriminación respecto de la seguridad interna –CEPAL (2001), pág. 60-. Por su parte, la EDA incluye los gastos de personal de seguridad militar siempre que sean financiados por el Ministerio de Defensa (MD). Generalmente no se ha considerado en otros estudios esta fuente como primaria a la hora de incluirla junto con las anteriormente mencionadas. Sin embargo, es posible observar una definición del gasto en defensa que no se refiere a ninguna de las expuestas y que incluye, de forma particular, determinados aspectos que la diferencian de otras definiciones. No obstante, sería deseable una mayor concreción y detalle de los rubros que se consideran. En su definición del gasto en defensa se contienen los gastos totales realizados por los MD de los países de la UE -excepto Dinamarca- y aquellos otros gastos de defensa provenientes de otras fuentes como son las líneas presupuestarias especiales de otros ministerios –EDA (2011)-. Considera el siguiente conjunto de categorías: personal; inversión, investigación y tecnología; operaciones y mantenimiento y otros gastos. Por lo que se refiere a los costes de las operaciones -de los despliegues-, únicamente tiene en cuenta el gasto de aquellos que se realizan fuera del territorio de los países miembros de la UE. 2.2 Otras Fuentes Como se ha mencionado, aquí se incluyen aquellas fuentes de información internacional que se apoyan en las definiciones realizadas por alguna de las cuatro instituciones anteriores. En general, la más frecuentemente utilizada es la elaborada por


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