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REVISTA DE AERONAUTICA Y ASTRONAUTICA 852

ción y gestión del espectro radioeléctrico. El instrumento legal que se utiliza para atribuir a los distintos servicios de radiocomunicaciones las bandas de frecuencias en las que podrán solicitar asignaciones para emitir en España, es el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF)6, el cual debe estar en línea con las disposiciones contenidas en el Reglamento de Radiocomunicaciones. A nivel militar en el organigrama referente a la gestión de frecuencias, ubicada inmediatamente debajo de la DGTel, se encuentra la Agencia Nacional de Radiofrecuencia (NARFA)7. Esta Agencia, en coordinación con los gestores de frecuencias de cada uno de los Ejércitos, se encarga de regular el planeamiento y gestión del espectro radioeléctrico asignado a las Fuerzas Armadas. Para la gestión del espectro en el sector de defensa, se utilizan diversos acuerdos e instrucciones tanto nacionales como internacionales, como son el Acuerdo Nacional de Frecuencias para Tiempos de Paz (ANAF), el Plan de Utilización Militar de la Banda VHF T/T (IT 06/08), la Guía OTAN para la Gestión del Espectro en Operaciones Militares (ACP 190 NATO SUPP-2) o el procedimiento Detalle estudio de viabilidad de radioenlace. para la Solicitud, Asignación y Registro de las Frecuencias Militares, recogido en la Instrucción C-5- 010, en la que se define, entre otros, el Formato 14 puntos, documento donde el usuario debe reflejar diversos parámetros técnicos y geográficos que definen el sistema que se va a utilizar y el tipo de emisión que va a realizar, imprescindibles para la realización de posibles estudios de compatibilidad radioeléctrica. La tramitación de la solicitud de frecuencias definida en la Instrucción C- 5-010 es imprescindible para la obtención de una “autorización formal de frecuencias de emisión permanente o temporal”, equivalente a una escritura de propiedad del dominio público radioeléctrico, que nos permita emitir con nuestros equipos. Esta autorización es necesaria tanto si se desea emitir en el propio país como en cualquier otra parte del mundo, y debe ser otorgada por el organismo correspondiente en cada caso, pudiendo requerir de hasta un periodo de dos meses desde que se emite la solicitud de emisión hasta que pudiera ser autorizada. COMPLEJIDAD DEL PROCESO DE GESTIÓN IMPORTANCIA DE LA DISPONIBILIDAD DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO La autorización de emisión está supeditada a un trabajo previo de los gestores, para asegurar la disponibilidad de espectro en la banda solicitada, tanto en lo referente al uso que se pretende dar a la frecuencia, como a la ocupación existente en dicha banda. De este modo el gestor deberá cerciorarse de que los servicios solicitados (radar, móvil aeronáutico, telemetría, radiotelefonía, etc.) se adapten a la atribuciones establecidas en los reglamentos y leyes internacionales y nacionales vigentes, así como de que la banda solicitada no esté ya ocupada por otros sistemas y/o usuarios, debiéndose realizar en tal caso los estudios pertinentes para asegurar la compatibilidad de los dos sistemas sin interferirse entre ellos. En caso de no existir esa disponibilidad de espectro porque las frecuencias solicitadas no se adapten a las atribuciones establecidas al tipo de servicio solicitado o porque la banda solicitada se encuentre saturada o por incompatibilidad con el resto de sistemas operando en la misma, se iniciarían los trabajos de negociación con los organismos nacionales e internacionales implicados para intentar que dicha emisión fuera autorizada. Estas negociaciones suelen ser difíciles de armonizar, ya que entran en colisión diferentes intereses políticos, militares y económicos. Ello exige duras negociaciones por el reparto del espectro radioeléctrico en los distintos grupos y foros que lo gestionan, que pueden durar varios años. Por ello, la continuidad de los gestores de frecuencias, asegurando un correcto seguimiento de las negociaciones, se convierte en un factor clave para garantizar la defensa de las comunicaciones que actualmente requiere el Ejercito del Aire. A todo esto hay que añadir el hecho de que en España el uso del espectro para comunicaciones militares esté exento de pago haciendo que el interés económico convierta a los usuarios civiles en potenciales “adversarios” a la hora de ocupar las bandas más demandadas. ESTUDIOS DE COMPATIBILIDAD Una vez asegurada la disponibilidad de espectro, se deben realizar estudios de compatibilidad que aseguren que el nuevo sistema radiante no interfiera ni sea interferido. Para ello, hay que tener en cuenta que una emisión se puede diferenciar de otra por unas 49 características técnicas diferentes, como son la modulación, la polarización, potencia, ancho de banda, tipo de codificación, localización de los emisores, horario de empleo, etc. Estas características son las que permiten compatibilizar emisiones en una misma localización o compartir una misma frecuencia modificando alguna de sus características técnicas (por ejemplo, dos emisiones idénticas se pueden repetir en diferentes localizaciones siempre que estén fuera del alcance la una de la otra). 320 REVISTA DE AERONÁUTICA Y ASTRONÁUTICA / Abril 2016


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